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Revista de Actualidad Jurídica “LA TRIBUNA DEL ABOGADO”

pretende o se ajusta a los
lineamientos de un Estado Social y
Democrático de Derecho que
propugna todo nuestro sistema
jurídico, cuyo marco normativo lo
constituye nuestra Constitución y la
doctrina de los Derechos Humanos.
Ello es así a pesar que el poder
político sigue usando al derecho
penal para contentar a la opinión
pública, elevando las penas a
aquellos comportamientos delictivos
que generan inseguridad social. De
modo que el ordenamiento punitivo
sigue cumpliendo una función
simbólica, pues se recurre a él para
crear una mera apariencia (un
símbolo) de protección que no se
corresponde con la realidad. Esta
tendencia es lo que en doctrina se
denomina “huida al Derecho penal”
por parte del legislador, quien de
modo interesado responde a la
demanda social de una mayor
protección creando nuevas figuras
delictivas o endureciendo las ya
existentes, en suma, responde con un
Derecho Penal más represivo,
vulnerando con ello diversas
garantías
y
principios
constitucionales (proporcionalidad
de la pena, intervención mínima,
taxatividad de la ley penal, etc.) 55.
55

4. EL ARTÍCULO 173 DEL CÓDIGO
PENAL INC. 3
En esta figura delictiva, de acuerdo a
PEÑA CABRERA, “se tutela la
indemnidad o intangibilidad sexual de
los menores de edad, ahora la
moralidad los menores de dieciocho
años hasta los catorce años de edad.
En principio, se trata del normal
desarrollo de la sexualidad, en cuanto
esfera que se puede ver gravemente
comprometida, como consecuencia de
relaciones
sexuales
prematuras;
mientras la edad de la víctima vaya en
descenso, los efectos perjudiciales
serán mayores, consecuentemente que
las penalidades también sean
mayores”56.
Por otro lado, el bien jurídico de
acuerdo a Salinas Siccha, se enfoca
dentro de la propia tutela. De esta
forma, “con el delito de violación de
menor se pretende proteger la
indemnidad o intangibilidad sexual de
los menores de años de edad. La
indemnidad o intangibilidad sexual se
entiende como protección del
desarrollo normal de la sexualidad de
por
ROIG
TORRES,
MUÑOZ
CONDE/BERDUGO/GARCÍA ARÁN, Ob. Cit., págs.
99 y ss.
56 PEÑA-CABRERA FREYRE, A. R. [2007], Delitos
contra la libertad e indemnidad sexual. Lima.
Idemsa. Pág. 182.

Vid. Ampliamente: ORTS BERENGUER/citado

Instituto de Capacitación y Desarrollo – ICADE

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