ESTU RDLEY 3 2012 11022012 SP.PDF


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Sección Sindical Estatal de la Seguridad Social
ESTUDIO SOBRE EL REAL DECRETO-LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA
REFORMA DEL MERCADO LABORAL

Artículo

Artículo
modificado
la Jurisdicción
Social,

Artículo 21. De
los actos
procesales.

El apartado 4
del artículo 43
de la Ley
36/2011, de 10
de octubre,
Reguladora de
la Jurisdicción
Social

Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas
urgentes para la reforma del mercado laboral.
del asunto sometido a arbitraje.

Legislación anterior
procesos o resoluciones referidos extiendan sus efectos a un
ámbito territorial superior al de una Comunidad Autónoma o,
tratándose de impugnación de laudos, de haber correspondido,
en su caso, a esta Sala el conocimiento del asunto sometido a
arbitraje.

Asimismo conocerán en única instancia de los procesos de
despido colectivo impugnados por los representantes de los
trabajadores de conformidad con lo previsto en los apartados 1 a
10 del artículo 124 de esta Ley, cuando extiendan sus efectos a
un ámbito territorial superior al de una Comunidad Autónoma.
4. Los días del mes de agosto serán inhábiles, salvo en las
modalidades procesales de despido, extinción del contrato de
trabajo de los artículos 50, 51 y 52 del Texto Refundido de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, movilidad geográfica,
modificación sustancial de las condiciones de trabajo, suspensión
del contrato y reducción de jornada por causas económicas,
técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza
mayor, derechos de conciliación de la vida personal, familiar y
laboral del artículo 139, impugnación de altas médicas,
vacaciones, materia electoral, conflictos colectivos, impugnación
de convenios colectivos y tutela de derechos fundamentales y
libertades públicas, tanto en el proceso declarativo como en
trámite de recurso o de ejecución.

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4. Los días del mes de agosto serán inhábiles, salvo en las
modalidades procesales de despido, extinción del contrato de
trabajo de los artículos 50 y 52 del Texto Refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores, impugnación de resoluciones
administrativas en expedientes de regulación de empleo,
suspensión del contrato o reducción de jornada por causas
económicas, técnicas, organizativas o de producción, movilidad
geográfica, modificación sustancial de las condiciones de trabajo,
derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del
artículo 139, impugnación de altas médicas, vacaciones, materia
electoral, conflictos colectivos, impugnación de convenios
colectivos y tutela de derechos fundamentales y libertades
públicas, tanto en el proceso declarativo como en trámite de
recurso o de ejecución.
Tampoco serán inhábiles dichos días para la adopción de actos
preparatorios, medidas precautorias y medidas cautelares, en
particular en materia de prevención de riesgos laborales,
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como
para otras actuaciones que tiendan directamente a asegurar la
efectividad de los derechos reclamados o para aquellas que, de