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La jurisprudencia dels profesionales técnicos en prevención de riesgos laborales. Segundo análisis
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Las personas naturales o jurídicas dedicadas a cualquier género de industria o
comercio, por los delitos o faltas que hayan cometido sus empleados o dependientes, representantes o gestores en el desempeño de sus obligaciones o servicio.
Este artículo solo exige que el delito se haya cometido en el marco de la actividad de la empresa y exista una relación jurídica entre ésta y el autor del
delito. Si se da esta condición, debe predicarse la responsabilidad, puesto que
su fundamento se encuentra en la culpa in eligendo.
Resolución:
Condena a Carlos José y a Eduardo como autores de un delito de lesiones imprudentes del art. 152.1.2º y 3º del Código Penal, concurriendo la atenuante
analógica de dilaciones indebidas, a la pena, a cada uno de ellos, de 1 año de
prisión. Además se condena a Carlos José a la pena de inhabilitación especial
para el ejercicio de la profesión de encargado de obra durante un año y a
Eduardo a la pena de inhabilitación especial durante un año para cualquier
actividad que implique el ejercicio de la profesión de arquitecto técnico cuyo
ejercicio incorrecto pueda suponer la creación o no-contención de un peligro
para la salud o integridad física de los trabajadores.
Les absuelve del delito contra la seguridad de los trabajadores del art. 317 del
que habían sido condenados en primera instancia.
Condena a ambos acusados a indemnizar conjunta y solidariamente al trabajador accidentado en las sumas de: 781 euros por los días de hospitalización,
5.940 euros por el tiempo de curación de sus lesiones y 150.000 euros por las
secuelas, con los intereses legales, siendo responsable civil directa la compañía MUSAAT respecto de Eduardo.
TORA ESTRUCTURAS S.L. y el Patronato Municipal de la Vivienda responderán de dichas sumas como responsables civiles subsidiarios.

SENTENCIA 3
14 de noviembre de 2005, Audiencia Provincial de Barcelona, Sección
DATOS BÁSICOS
Fecha: 14 de noviembre de 2005.
Marginal: EDJ 2005/331219.
Órgano resolutorio: Audiencia Provincial de Barcelona, sección 6ª.
DATOS TÉCNICOS
Elementos de la sentencia
Tipo: penal.
Sujeto activo: arquitecto y arquitecto técnico encargado de la dirección técnica de la obra.
Sujeto pasivo: trabajador de la construcción.