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Teorema de Tales Cuando en geometría hablemos del Teorema de Tales (o Thales), debemos aclarar a cuál nos referimos ya que existen dos teoremas atribuidos al matemático griego Tales de Mileto en el siglo VI a.
https://www.caja-pdf.es/2014/10/22/teorema-de-tales-html/
22/10/2014 www.caja-pdf.es
https://www.caja-pdf.es/2013/10/31/una-piedra-en-el-zapato/
31/10/2013 www.caja-pdf.es
https://www.caja-pdf.es/2014/08/06/carta-abierta-aba-a-la-comunidad-de-san-isidro/
06/08/2014 www.caja-pdf.es
c) Que es la primera vez que se le imputa una denuncia por infidelidad y estupidez y que no tiene antecedentes por tales cargos, asimismo agrega que Xtragos no tiene capacidad activa para presentar la denuncia por que en todo caso no es el afectado y además el Código de Ética invocado no se encontraba vigente;
https://www.caja-pdf.es/2012/04/04/resolucion-tribunal-de-los-doctores/
04/04/2012 www.caja-pdf.es
En ese sentido, se busca ahondar más en el nivel de inclusividad real que poseen tales instancias, ya sean jurídicas o administrativas, y el efecto real que tienen en la gestión de los asuntos gubernamentales, en función de la construcción de una democracia esencialmente participativa y no meramente consultiva o informativa.
https://www.caja-pdf.es/2014/03/31/descriptor-linea-espacio-publico/
31/03/2014 www.caja-pdf.es
CURSO DE PROMOCIÓN DE VENTAS TEMA 1.
https://www.caja-pdf.es/2015/09/19/curso-de-promocion-de-ventas/
19/09/2015 www.caja-pdf.es
Por tales razones resulta impostergable la determinación erminación de un ajuste al monto de las tarifas.
https://www.caja-pdf.es/2017/03/22/ord-de-reforma-de-aseo-urbano-2016/
22/03/2017 www.caja-pdf.es
Tales narraciones nos interesaron en extremo;
https://www.caja-pdf.es/2016/03/12/el-hombre-muerto/
12/03/2016 www.caja-pdf.es
Tales narraciones nos interesaron en extremo;
https://www.caja-pdf.es/2016/03/18/el-hombre-muerto-cuento/
18/03/2016 www.caja-pdf.es
No caigas en tales engaños, ninguna de estas supuestas técnicas logrará que tus pechos crezcan de manera rápida en un periodo corto, más bien debes pensar en soluciones naturales y comprobadas con las cuales podrás tener esos senos que tanto has deseado.
https://www.caja-pdf.es/2015/06/13/546066770-reporte-aumenta-tus-senos-converted/
13/06/2015 www.caja-pdf.es
Robert Bloch, nacido en Chicago el 5 de abril de 1917, publicó su primer relato, LILIES, en 1934 en la revista amateur Marvel Tales, y su primera venta profesional fue ese mismo año para Weird Tales, con THE SECRET IN THE TOMB, aunque aparecería impresa en primer lugar una historia posterior, THE FEAST IN THE ABBEY.
https://www.caja-pdf.es/2014/10/16/robert-bloch-biografia-y-compilado-de-relatos/
16/10/2014 www.caja-pdf.es
https://www.caja-pdf.es/2012/03/10/practiques-tema-4-2010-2011-1q/
10/03/2012 www.caja-pdf.es
https://www.caja-pdf.es/2013/12/05/ordenanza-para-animales/
05/12/2013 www.caja-pdf.es
Este libro es poco conocido y ello por la simple razón de ser hoy esta religión en otro tiempo tan importante, poco estimada, porque el valor de las doctrinas religiosas ha sido siempre medido, de un modo general, por el número de sus adeptos, y actualmente el mazdeísmo o zoroastrismo con sus pocos más de cien mil seguidores, de los cuales apenas una décima parte viven en el Irán, cuna de Zarathustra (los demás en la India, muy especialmente en Bombay), poca cosa son al lado de los trescientos, cuatrocientos o más millones de seguidores con que cuentan otras religiones tales como el cristianismo, el mahometismo, el hinduismo o el budismo.
https://www.caja-pdf.es/2017/06/24/el-avesta/
24/06/2017 www.caja-pdf.es
Toda actividad que tenga por objeto la circulación y distribución de productos, bienes y servicios entre productores y consumidores, para la obtención de lucro o remuneración, y los derivados de los actos de comercio considerados, objetiva o subjetivamente, e, como tales por la legislación mercantil, salvo prueba en contrario.
23/03/2017 www.caja-pdf.es
- Por último y en cuanto a las vacaciones de verano, la menor estará en compañía de cada uno de los progenitores la mitad de las vacaciones escolares, entendiendo por tales los meses de Julio y Agosto, eligiendo la madre en los años pares y el padre en los impares.
https://www.caja-pdf.es/2013/05/23/sentencia-supremo-custodia-compartida/
23/05/2013 www.caja-pdf.es
https://www.caja-pdf.es/2012/03/03/garikoitz-esquemasdeplegado/
03/03/2012 www.caja-pdf.es
INFORME Comenzamos la realización de este proyecto en la compañía de mi compañero de clases el cual llegamos a un acuerdo de elegir el tema de “Programación de videojuegos” el cual nos pareció de mayor interés a nosotros dos , luego de elegir el tema participamos en las clases de la profesora a la cual hago entrega este trabajo .Que explicaba y daba sitios de ayuda para programar una página web , tales como fueron code academic una gran página que te enseña a como programar en muchos lenguajes y entre ellos esta HTML y css muy completo y didáctico el cual hasta un punto es fácil y sencillo de entender , pero llega un punto en el cual pone a prueba tu conocimiento .
https://www.caja-pdf.es/2016/05/25/informe-iti/
25/05/2016 www.caja-pdf.es
Ley de Demarcación y Planta Judicial Ministerio de Justicia COMISIÓN INSTITUCIONAL PARA LA ELABORACIÓN DE UNA NUEVA LEY DE DEMARCACIÓN Y PLANTA JUDICIAL 2013 1 Exposición de motivos La Ley de Planta y Demarcación de 1988, elaborada a partir del mandato conferido por la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de Julio, del Poder Judicial, nació como necesidad de desarrollar una normativa que regulase el nuevo y complejo marco organizativo y financiero que se originó por la creación de Tribunales y Juzgados de nueva planta y el cambio de naturaleza, competencia y circunscripción de los existentes en aquél momento. La vigencia de la Ley durante todo este tiempo acredita su calidad y sus evidentes bondades al configurar de modo completo una planta diseñada por la Ley Orgánica del Poder Judicial con una estructura semejante para todos los órdenes jurisdiccionales y afirmando el carácter expansivo de la jurisdicción civil, el principio de garantía de los derechos fundamentales en el orden penal, el efectivo control jurisdiccional de la actuación administrativa del ejecutivo y, en fin, la eficaz tutela de derechos sociales. Desde su publicación, el sistema de Justicia se ha visto sometido a los cambios de una sociedad que ha desarrollado una transformación verdaderamente singular, tanto cuantitativamente, con un incremento de más de un 15 % de la población, como cualitativamente, con un incremento de la litigiosidad del 100% en los últimos veinte años. El intento de la planta de adaptarse a estos cambios ha condicionado su permanente reforma y con esta perspectiva se han creado más de 2.500 plazas judiciales y diversos órganos de nuevo cuño no previstos en el diseño inicial tales como los Juzgados de violencia de género, mercantiles, de menores o de lo contencioso administrativo. La opción del legislador de mantener el tradicional juzgado unipersonal como base de la pirámide judicial, manteniendo esquemáticamente un diseño de histórico arraigo en la cultura judicial española, ha quedado ciertamente desfasada, generando evidentes disfunciones que no han variado los índices existentes. En términos generales, el incremento de unidades judiciales no ha significado una disminución exponencial de la pendencia, lo que acredita la palmaria inadecuación de la organización judicial a la nueva realidad española. 2 La transformación de la oficina judicial ha significado un primer e importante paso en aras de la implantación de un nuevo modelo de gestión del servicio público de Justicia, más acorde con criterios de racionalización y eficiencia. El modelo de la unidad de gestión judicial singular y autosuficiente está dejando paso a la interoperabilidad y a la administración conjunta de trámites procesales, sin duda impulsado por la pujanza útil y segura de las tecnologías de la información y el conocimiento. En esta dinámica era absolutamente necesaria una decidida transformación del primer escalón del sistema jurisdiccional en pos de facilitar el acceso del ciudadano a la tutela judicial efectiva, superando el partido judicial estanco como base del modelo y trasladando a la primera instancia las virtudes acreditadas por el sistema de organización colegiada. En definitiva se trata de estructurar los tradicionales juzgados en Tribunales, con los jueces que se estime necesario, bajo la coordinación de un Presidente, que en este nuevo diseño adquiere una importancia capital, y la asistencia a todos ellos de una Oficina Judicial que es en este contexto en donde alcanza todo su sentido. Efectivamente, la figura del Presidente del Tribunal de Instancia se erige, a partir de este nuevo planteamiento, como el cargo judicial de gestión y representación más importante del ámbito territorial de su jurisdicción. De esta forma, deberá compaginar funciones jurisdiccionales con tareas gubernativas, lo que le convierten en piedra angular del nuevo mapa judicial español. La creación de los nuevos Tribunales de Instancia, cuyo ámbito jurisdiccional coincide con los límites administrativos de la provincia correspondiente responde a criterios fundamentalmente organizativos y de asignación racional de recursos, ya que la resolución unipersonal se mantendría en este primer nivel como base del ejercicio de la potestad jurisdiccional. Efectivamente, esta organización colegiada permitiría una mejora sustancial en la propia distribución de las cargas de trabajo y la optimización del régimen de sustituciones entre jueces, dos de las causas que han venido generando anomalías en el quehacer de los Juzgados unipersonales. Por otro lado, facilitaría la puesta en común de las resoluciones más complejas y/o trascendentes, lo que redundará en un mejor acoplamiento de los jueces a su función jurisdiccional y a la colegiación resolutiva. Finalmente, la adscripción funcional de sus integrantes ‐ que se llevaría a cabo sin merma de las garantías derivadas de la pretederminación legal del juez y de la inamovilidad judicial impuestas por los artículos 24 y 117 de nuestra Constitución ‐ y la posibilidad de creación de unidades especializadas termina de dotar a estos Tribunales de Instancia de la flexibilidad suficiente para una mejora sustancial de su gestión interna y por ende, de la atención al ciudadano. En este sentido la presente Ley opta por desarrollar el artículo 113. 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial estableciendo como necesaria la constitución en todos y cada uno de los Tribunales de 3 Instancia de las unidades y secciones especializadas allí referidas, que podrán ser atendidas con carácter exclusivo cuando así lo disponga el Consejo General del Poder Judicial. Sólo Madrid y Barcelona, a la vista de sus elevados índices demográficos, disponen de una pluralidad de salas en los órdenes jurisdiccionales civil y penal, frente al modelo general de una sala por jurisdicción. Ello no sólo no rompe con el arquetipo, sino que lo reafirma, al mantener el principio general de un Tribunal por provincia, facilitando además y desde otra perspectiva la flexibilización de la organización interna de éstos órganos jurisdiccionales, cuando las circunstancias así lo demanden. En definitiva, el gran atributo que caracteriza esta “provincialización” de la Administración de Justicia radica, tal y como ya destacaba la Exposición de Motivos de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la economía de escala, con una evidente y necesaria optimización de los medios materiales, personales y temporales de la Administración de Justicia. Los Tribunales Superiores de Justicia constituyen la segunda referencia territorial del sistema público de Justicia y tal y como establece el artículo 105 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, constituyen la culminación de la organización judicial en la demarcación de las Comunidades Autónomas, sin perjuicio de la jurisdicción que corresponda al Tribunal Supremo. Manteniendo pues una circunscripción autonómica, estos Tribunales, llamados por el artículo 152 de la Constitución a agotar las instancias judiciales iniciadas en los territorios respectivos, refuerzan su condición de órgano de apelación de los órdenes jurisdiccionales civil y penal, tal y como ya ocurre con la vía laboral y contenciosa ‐ administrativa. A tal fin, las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia son objeto de una profunda remodelación. Por un lado se desdoblan, creándose una Sala Civil y una Penal, para conocer singularmente las apelaciones civiles y penales. De otra, se consolidan las cuatro Salas en cada capital autonómica, con las excepciones ya vigentes en Andalucía, Castilla León y Canarias en lo que se refiere a sus Salas de lo Contencioso Administrativo y Social y cuyo desdoblamiento se ha mostrado ciertamente necesario y eficiente. Por ello, habrá cuatro Salas (de lo Civil, de lo Penal, de lo Contencioso‐Administrativo y de lo Social) en las 21 circunscripciones territoriales en las que finalmente se dividen los Tribunales Superiores de Justicia. Las ventajas de éste nueva arquitectura de los Tribunales Superiores de Justicia resulta evidente. No sólo se consolida definitivamente la segunda instancia civil y penal en el ámbito autonómico, sino que se potencia la formación de criterios doctrinales más coherentes, sólidos y armónicos en el entorno de su demarcación, lo que representa una mayor seguridad jurídica y por tanto una mayor igualdad de los ciudadanos ante la ley. 4
https://www.caja-pdf.es/2014/01/30/propuesta-ley-de-demarcaci-n-y-planta-2/
30/01/2014 www.caja-pdf.es
del teléfono móvil para examinar y leer los mensajes ya recibidos) supone una intromisión en la esfera privada de la persona a la que tales efectos pertenecen, esto es, en el ámbito protegido por el derecho a la intimidad.
https://www.caja-pdf.es/2011/05/14/sts-lectura-mensaje-m-vil/
14/05/2011 www.caja-pdf.es
TERCERO.- A la vista de tales alegaciones, se dio vista a las partes por una posible nulidad de actuaciones conforme a lo establecido en el número 3º del artículo 224 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , que evacuaron dicho trámite con el resultado que obra en el rollo correspondiente.
https://www.caja-pdf.es/2014/11/01/099-2008-prueba-pericial/
01/11/2014 www.caja-pdf.es
TERCERO.- A la vista de tales alegaciones, se dio vista a las partes por una posible nulidad de actuaciones conforme a lo establecido en el número 3º del artículo 224 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , que evacuaron dicho trámite con el resultado que obra en el rollo correspondiente.
https://www.caja-pdf.es/2014/11/01/099-2008-prueba-pericial-1/
01/11/2014 www.caja-pdf.es
Francisco José Vidal mazo Podemos entender el enfoque de género como el esfuerzo sistemático de documentar y comprender los roles de hombres y mujeres dentro de contexto específicos, así como las relaciones reciprocas entre dichos roles y la dinámica social de tales conceptos.3 SEXO:
https://www.caja-pdf.es/2015/01/24/genero-como-construcci-n-social-glosario-de-terminos/
24/01/2015 www.caja-pdf.es
2. Mostrar que las teorías centrales del Libro I, que son la del valor y la del trabajo abstracto, fundantes de todo el sistema teórico allí contenido, no pueden leerse en el Capítulo I, como se hace por regla general. Y la razón de esta imposibilidad de lectura de tales teorías en el Capítulo I es que ese Capítulo, junto con los tres siguientes, se refiere a fenómenos de la circulación o del mercado, y desde esta esfera del mundo económico, no pueden ser explicados ni expuestos procesos que se realizan en la esfera de la producción, pues desde ella no son objetivables los procesos de la producción del valor ni del plusvalor. Debemos tener siempre presente, y nunca perder de vista, que los cuatro capítulos iniciales del Libro I de El Capital, se refieren de forma exclusiva al intercambio, y en consecuencia, en ellos el objeto es la forma por excelencia en el capitalismo, que es la forma valor, en sus diversas maneras de existencia, y ella se nos fanomeniza como relaciones de intercambio. En cambio, las relaciones sociales de producción serán el objeto de la exposición en los 19 capítulos que van desde el V hasta el XXIII. Dentro de ellas, que constituyen en su conjunto una estructura dinámica de cálculos, devenida en la historia como la forma de producir mercancías y capital medio de la erogación de cantidades de trabajo por tiempo bajo las condiciones de la propiedad privada de los medios de producción, encontramos expuesta la relación funcional de dos factores, el trabajo en su proceso permanente de abstractización, y el valor, siendo que la visualización del mismo es la existencia del plusvalor. Es por ello que el valor se constituye en el modo de producción capitalista, en su estructura ontológica. Es aquella dentro de la cual se dan las relaciones sociales de producción en las que el trabajo se transfigura en la forma propia del intercambio, el valor mercantil y es en consecuencia, aquella dentro de la que se dan las relaciones sociales dentro del capitalismo. En consecuencia, el capítulo I, al igual que los capítulos II, II y IV, al referirse a procesos que se realizan en el sistema del intercambio o mercado, dentro de la teoría contenida en El Capital son la apariencia necesaria, ¿de qué? del otro sistema, el de la producción. En el mercado sólo encontramos señales y signos de la producción, es decir, que es, como se ha dicho, donde se eroga el trabajo en forma de trabajo enajenado o asalariado. En consecuencia, tales teorías: la del valor y la del trabajo abstractamente humano, para comprenderlas en todo su significado, debemos subsumir los signos y señales que nos aparecen en el primer capítulo, y en los tres siguientes en los diecinueve capítulos de la parte de El capital, en que aparece la microeconomía expuesta por Marx, como se he dicho antes, en 19 capítulos. Reitero, valor y trabajo abstracto, y por consiguiente, plusvalor no aparece en el primer capítulo, sino que deben ser construidas (pues ni el valor ni la abstracción del trabajo son datos en El Capital, son deducidos), realizando la ardua tarea de subsumir las enunciaciones sobre ellas del primer capítulo, en el resto del Libro. O, más bien, dado que las dos primeras secciones los capítulos I, II, III y IV, están referidas a categorías del intercambio (las cuales no son comprensibles desde ellas mismas sin su integración con las de la producción, y, viceversa, y;
01/10/2016 www.caja-pdf.es