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Seguro de Grupo 90.041
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por resolución voluntaria por parte del Tomador/Asegurado ante las situaciones
previstas en los artículos 47, 51 y 52 del Estatuto de los Trabajadores.
A los efectos de este Contrato de Seguro, el Tomador/Asegurado se considerará en
Situación Legal de Desempleo cuando, además de concurrir alguna de las situaciones
anteriormente indicadas, tenga reconocida, la pertinente prestación contributiva de
desempleo por el/los correspondiente/s organismo/s público/s español/es, por causa de la
situación de desempleo, y únicamente mientras dure dicha situación, es decir, mientras el
Tomador/Asegurado acredite documentalmente su situación de alta como desempleado
ante dicho/s organismo/s público/s.
No se considerará en situación de desempleo a efectos de cobertura del Contrato de
Seguro quien deje de percibir la prestación contributiva por desempleo por cualquier causa.
Suicidio: muerte causada consciente y voluntariamente por el propio Asegurado.
Suma Asegurada: Aquella cuyo importe dinerario y plazo máximo de duración se
estipulen en las Condiciones Particulares de este Contrato de Seguro, siempre en relación
con la amortización del préstamo.
Tomador/Asegurado: Es cada una de las personas físicas que, perteneciendo al Grupo
Asegurable, se adhiere al Contrato de Seguro en la forma establecida y figura en la
relación de personas comunicadas a MetLife por el Promotor del seguro.
Artículo 2º. Bases del Contrato.
Los datos que figuran en los Certificado de Adhesión constituyen la base de este
Contrato. En el caso de discrepancias entre el presente Contrato de Seguro y el
Certificado de Adhesión, prevalecerá lo establecido en este último.
Si el contenido del Contrato de Seguro difiere de la proposición de Seguro o de las
cláusulas acordadas, el Promotor del Seguro o los Tomadores/Asegurados podrán
reclamar a MetLife para su formalización, a fin de que subsane la divergencia existente.
Artículo 3º. Objeto del Contrato.
Es la cobertura, en los términos previstos en este contrato, de los riesgos por cualquier
causa de Fallecimiento, Incapacidad Absoluta y Permanente, Incapacidad Temporal,
Hospitalización y Desempleo.
El Promotor
MetLife
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