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Adicional a dicho decreto se tienen los siguientes razonamientos:
Este intento de suspensión de actividades no esenciales no puede ser
considerado como declaratoria oficial, dado que no está debidamente
fundada y motivada. (Acto de molestia 14 y 16 CPEUM).
Amen a lo anterior, no existe jurídicamente una declaratoria de
contingencia sanitaria por lo que no se trata de una “suspensión
legal”, que tenga como resultado el pago de un salario mínimo a
todos los trabajadores en concepto de indemnización.
Por lo anterior, y ante la falta de la determinación de contingencia
sanitaria, el plan de acción para las pequeñas, medianas y grandes
empresas mexicanas, sería el siguiente:


Uno de los ajustes que las empresas tienen que hacer es iniciar
o ampliar los acuerdos de trabajo flexible y otras políticas que
permitan a las personas trabajar a distancia y de forma segura.



Dependiendo del sector, las empresas querrán reorganizar los
equipos y reasignar recursos, y establecer programas y políticas
de bienestar para los empleados que contribuyan a un entorno
de trabajo seguro.



Además, las compañías querrán producir comunicaciones regulares
que se alineen con las políticas actuales del gobierno y las
autoridades de salud para ayudar a los empleados a seguir
comprometidos mientras ellos y la organización afrontan la crisis.



Para ayudar a las empresas a proporcionar entornos de trabajo
seguros, se deberá utilizar los sistemas big data acumulados por
las empresas.



Inculcar una disciplina de supervisión del flujo de caja a corto
plazo que les permita predecir las presiones del flujo de caja e
intervenir a tiempo.