RMF2020 1A.pdf

Vista previa de texto
72
(Tercera Sección)
DIARIO OFICIAL
Sábado 28 de diciembre de 2019
2. Capture su RFC y Contraseña o e.firma, seguido de Enviar.
3. Llene los datos solicitados en el formulario electrónico, seleccionado el tipo de aviso.
4. Adjunte escaneados los requisitos solicitados del trámite.
5. Firme y envíe su solicitud de devolución con apoyo de su e.firma.
6. Obtenga y conserve su acuse de recibo electrónico con el número de folio asignado.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Los requisitos se especifican en las tablas correspondientes:
•
Aviso de compensación de saldos a favor del ISR Grandes Contribuyentes o
Hidrocarburos.
Ver tabla 30.1.
•
Documentación que podrá ser requerida por la autoridad para avisos de
compensación de saldos a favor del ISR Grandes Contribuyentes o
Hidrocarburos.
Ver tabla 30.2.
¿Con qué condiciones debo cumplir?
Contar con e.firma y Contraseña.
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO
¿Cómo puedo dar seguimiento al Trámite o Servicio?
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para
emitir la resolución de este Trámite o Servicio?
Con el número de folio.
No aplica.
A través de buzón tributario ingresando a: Otros trámites y
servicios / Devoluciones y compensaciones / Seguimiento
de trámites y requerimientos.
A través del Portal del SAT: Devoluciones y
compensaciones
/
Seguimiento
de
trámites
y
requerimientos.
Resolución del Trámite o Servicio
Acuse de recibo.
Plazo máximo para que el SAT resuelva el
Trámite o Servicio
No aplica.
Plazo máximo para que el SAT
solicite información adicional
No aplica.
No aplica.
¿Qué documento obtengo al finalizar el Trámite o
Servicio?
Acuse de recibo.
Plazo máximo para cumplir con la
información solicitada
¿Cuál es la vigencia del Trámite o Servicio?
Indefinida.
CANALES DE ATENCIÓN
Consultas y dudas
•
•
•
Quejas y denuncias
MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 para
Estados Unidos y Canadá.
Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en
diversas ciudades del país, en un horario de atención de
lunes a jueves de 8:30 h a 16:00 h, y viernes de 8:30 h
a 15:00 h.
Las direcciones de las oficinas están disponibles en:
https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-demodulos-de-servicios-tributarios
En los Módulos de Servicios Tributarios y Módulos
SARE, el horario de atención se adapta, por lo que
puede ser de 8:30 h hasta las 14:30 h.
Vía Chat: http://chatsat.mx/
•
•
•
•
•
Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03
para otros países.
Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx
SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y
Denuncias.
En el Portal del SAT:
https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-odenuncia
Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del
SAT.
Información adicional
•
•
Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el Apartado 3 “Información de la Declaración en que se compensó” de la
forma oficial 41, se señalarán los datos del pago a que se refiere la fracción V de la regla 2.8.5.1. de la RMF en el que se
manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
Tratándose de solicitudes presentadas a través del Portal del SAT, todas las documentales deberán ser aportadas en
forma digitalizada, en archivo con formato zip.
Fundamento jurídico
Arts. 17-D, 23 del CFF; Reglas 2.3.10., 2.3.11. RMF.
