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66

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

9

En caso de que el retenedor no haya presentado la
declaración informativa, comprobar la relación laboral
o comercial con la presentación de:
Estados de cuentas que expidan los sujetos a
que se refiere el artículo 29 del CFF, con los
depósitos por concepto de pago de
honorarios o arrendamiento.
Comprobantes fiscales que amparen pagos de
arrendamiento u honorarios.
Estados de cuentas que expidan los sujetos a
que se refiere el artículo 29 del CFF, con las
retenciones.

10

Escrito en el que se detalle la determinación del
ingreso acumulable y no acumulable, por existir
diferencias con el determinado por la autoridad.

X

X

11

Escrito libre en el que aclare las compensaciones
aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias
contra lo determinado por la autoridad.

X

X

12

Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar su situación fiscal ante el RFC.

X

X

24/CFF

(Se deroga)

25/CFF

(Se deroga)

X

26/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IEPS
Trámite
Servicio

Descripción del Trámite o Servicio

Monto

Presentar aviso de compensación referente a los saldos a favor de IEPS.

Gratuito
Pago de derechos
Costo: $

¿Quién puede solicitar el Trámite o Servicio?

¿Cuándo se presenta?
Dentro de los 5 días siguientes a aquel en que la compensación se
haya efectuado, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la
clave en el RFC, de conformidad con lo siguiente:

Personas físicas y morales.

¿Dónde puedo presentarlo?



1y2

Sexto y Séptimo día hábil siguiente.



3y4

Octavo y Noveno día hábil siguiente.



5y6

Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente.



7y8

Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil
siguiente.



9y0

Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil
siguiente.

En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO
¿Qué tengo que hacer para realizar el Trámite o Servicio?
1. Ingrese al Portal del SAT, elija “Personas” para personas físicas o “Empresas” para personas morales, según sea el caso.
• Personas, seleccione las opciones: Devoluciones y compensaciones / Compensación / “Presenta tu Formato Electrónico
de compensación”, en el caso de encontrarse amparado en contra de buzón tributario elija la opción “Presenta tu
Formato Electrónico de compensación (Amparada)”.
• Empresas, seleccione las opciones: Devoluciones y compensaciones / Compensación / “Presenta el aviso de
compensación para tu empresa”, en el caso de encontrarse amparado en contra de buzón tributario elija la opción
“Presenta tu Formato Electrónico de Compensación para tu empresa (Amparada)”.
2. Capture su RFC y Contraseña o e.firma, seguido de Enviar.
3. Llene los datos solicitados en el formulario electrónico, seleccionado el tipo de aviso.
4. Adjunte escaneados los requisitos solicitados del trámite.
5. Firme y envíe su solicitud de devolución con apoyo de su e.firma.
6. Obtenga y conserve su acuse de recibo electrónico con el número de folio asignado.