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64

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

Resolución del Trámite o Servicio
Acuse de recibo.
Plazo máximo para que el SAT resuelva el
Trámite o Servicio
No aplica.

Plazo máximo para que el SAT solicite
información adicional

Plazo máximo para cumplir con
la información solicitada

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el Trámite o
Servicio?
Acuse de recibo.

¿Cuál es la vigencia del Trámite o Servicio?
Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN
Consultas y dudas

Quejas y denuncias

MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 para Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para
Estados Unidos y Canadá.
otros países.
Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx
diversas ciudades del país, en un horario de atención SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.
de lunes a jueves de 8:30 h a 16:00 h, y viernes de 8:30
En el Portal del SAT:
h a 15:00 h.
https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-oLas direcciones de las oficinas están disponibles en:
denuncia
https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-deTeléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.
modulos-de-servicios-tributarios
En los Módulos de Servicios Tributarios y Módulos SARE,
el horario de atención se adapta, por lo que puede ser
de 8:30 h hasta las 14:30 h.
Vía Chat: http://chatsat.mx/
Información adicional
Los documentos originales se digitalizarán para su envío, en formato .zip
Tratándose de escritos libres y hojas de trabajo, éstos deberán contener la firma autógrafa de la o el contribuyente o de su
representante legal.
En el caso, de presentar documentación adicional, no señalada o enunciada en los puntos anteriores, esta deberá adicionarse a
su trámite en forma digitalizada (archivo con formato *.zip).
Fundamento jurídico
Arts. 17-D, 41-A CFF; 25, fracción VI LIF; Reglas 2.3.10., 2.3.11. RMF.
TABLAS
Tabla 23.1. Avisos de compensación de saldos a favor del ISR
No

Documentación

Personas Morales

Personas Físicas

1

En su caso, las constancias de retenciones con firma y
sello del emisor en los que consten las retenciones de
ISR; documentación comprobatoria de impuesto pagado
en el extranjero; entre otros.

X

X

X

X

X

X

Tratándose de remanentes únicamente llenará el aviso
de compensación correspondiente indicando el
NÚMERO DE CONTROL asignado por la autoridad en
el Aviso donde señaló el saldo por primera vez y los
datos que el propio aviso solicita.
2

3

Nota:
En el caso de no contar con el número de control de su
aviso inicial podrá hacer referencia al número de caso
conformado
con
la
siguiente
estructura:
“AV2009XXXXXXXX” correspondiente al aviso de
compensación anterior para verificar que el saldo
remanente sea la continuación de dicho trámite.
Tratándose de ingresos provenientes de fideicomisos, el
contrato del fideicomiso, con firma del fideicomitente,
fideicomisario o de sus representantes legales, así
como del representante legal de la institución fiduciaria.