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(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Sábado 28 de diciembre de 2019
d)
Domicilio fiscal.
e)
Escrito con firma autógrafa o en su caso, escrito anexo al contrato que se celebre, en
donde manifiesten su consentimiento expreso para que los adquirentes de sus bienes o
los contribuyentes a los que les otorguen el uso, goce o afectación de los mismos,
realicen su inscripción en el RFC y la emisión de los CFDI que amparen las operaciones
celebradas entre ambas partes.
El modelo del escrito a que se refiere este inciso, se encuentra en el Portal del SAT y
una vez firmado deberá ser enviado al SAT de forma digitalizada dentro del mes
siguiente a la fecha de su firma por el adquirente de bienes o por los contribuyentes a
los que les otorguen el uso, goce o afectación de los mismos por medio de la
presentación de un caso de aclaración a través del Portal del SAT.
CFF 27, 29-A, LISR 74, Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad
Artesanal 3, DECRETO DOF 31/10/94 Décimo, DECRETO DOF 28/11/2006, DECRETO DOF
18/11/2015 Séptimo Transitorio, DECRETO DOF 27/01/2016, RMF 2020 2.7.3., 4.1.2.
Validación de la clave en el RFC
2.4.4.
Para los efectos del artículo 27, apartado C, fracción III del CFF, los contribuyentes que deban
realizar el proceso de inscripción a que se refieren las reglas 2.4.3., 2.4.8., 2.7.3.1., 2.7.5.2. y
2.12.5., podrán validar previamente la clave en el RFC de las personas físicas que ya se
encuentren inscritas en dicho registro, de conformidad con la ficha de trámite 158/CFF
“Solicitud de validación de la clave en el RFC a través de la CURP”, contenida en el Anexo
1-A.
La inscripción de las personas físicas que no se encuentran inscritas en el RFC, podrá
realizarse de conformidad con lo previsto en la regla 2.4.6.
CFF 27, RMF 2020 2.4.3., 2.4.6., 2.4.8., 2.7.3.1., 2.7.5.2., 2.12.5.
Clave en el RFC de socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero de
personas morales y asociaciones en participación residentes en México
2.4.5.
Para los efectos del artículo 27, apartado B, fracción I del CFF, las personas morales y las
asociaciones en participación residentes en México, que cuenten con socios, accionistas o
asociados residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el
RFC, al solicitar su inscripción a dicho registro, consignarán para cada uno de los residentes
en el extranjero la clave en el RFC genérico: EXT990101NI1 y/o EXTF900101NI1, para
personas morales y físicas respectivamente.
Lo anterior, no exime a la persona moral o al asociante, residentes en México, a presentar
ante las autoridades fiscales, la relación de socios extranjeros a que se refiere el artículo 27
apartado A, último párrafo del CFF.
CFF 27
Inscripción en el RFC de personas físicas con CURP
2.4.6.
Para los efectos de lo establecido en el primer párrafo del artículo 27, apartados A, fracción I;
B, fracciones I, II y III y C, fracción III del CFF, las personas físicas que a partir de 18 años de
edad cumplidos requieran inscribirse en el RFC con o sin obligaciones fiscales, podrán hacerlo
a través del Portal del SAT, siempre que cuenten con la CURP. La inscripción se presentará
de conformidad con lo establecido en la ficha de trámite 3/CFF “Solicitud de inscripción en el
RFC de personas físicas con CURP”, contenida en el Anexo 1-A.
No obstante lo anterior, las personas físicas menores de edad a partir de los 16 años pueden
inscribirse en el RFC en términos de esta regla, siempre que presten exclusivamente un
servicio personal subordinado (salarios) desde su inscripción y hasta que tengan 18 años
cumplidos, sin que puedan cambiar de régimen fiscal hasta que cumplan la mayoría de edad.
Cuando las personas inscritas sin obligaciones fiscales se ubiquen en algunos de los
supuestos previstos en el artículo 30, fracción V del Reglamento del CFF deberán presentar
el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones de conformidad con lo
establecido con la ficha de trámite 71/CFF “Aviso de actualización de actividades económicas
y obligaciones”, contenida en el Anexo 1-A, debiendo estarse a lo señalado en el párrafo
siguiente.
