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Sábado 28 de diciembre de 2019
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
de la Federación y de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos”, publicado
en el DOF el 30 de noviembre de 2016. Las anteriores cantidades actualizadas, entraron
en vigor el 1 de enero de 2017. En el caso de la actualización de la cantidad establecida
en el artículo 32-H, fracción I, primer párrafo del CFF, se dio a conocer en la Modificación
al Anexo 5, rubro A, de la RMF, publicado en el DOF el 29 de diciembre de 2017, y cuya
vigencia fue a partir del 1 de enero de 2018.
Para los efectos anteriores se consideró lo siguiente:
El incremento porcentual acumulado del INPC en el periodo comprendido desde el mes
de noviembre de 2016 y hasta el mes de septiembre de 2018 fue de 10.15%, excediendo
del 10% mencionado en el primer párrafo de esta regla. Dicho por ciento es el resultado
de dividir 100.917 puntos correspondiente al INPC del mes de septiembre de 2018,
publicado en el DOF el 10 de octubre de 2018, entre 91.616833944348 puntos
correspondiente al INPC del mes de noviembre de 2016, publicado en el DOF el 21 de
septiembre de 2018, menos la unidad y multiplicado por 100.
De esta manera y con base en lo dispuesto en el artículo 17-A, sexto párrafo del CFF,
el periodo que se tomó en consideración para la actualización es el comprendido del
mes de noviembre de 2016 al mes de diciembre de 2018. Para tal efecto, el factor de
actualización aplicable al periodo mencionado, se obtuvo dividiendo el INPC del mes
anterior al más reciente del periodo entre el citado índice correspondiente al último mes
que se utilizó en el cálculo de la última actualización, por lo que se tomó en consideración
el INPC del mes de noviembre de 2018, publicado en el DOF el 10 de diciembre de
2018, que fue de 102.303 puntos y el citado índice correspondiente al mes de noviembre
de 2016, publicado en el DOF el 21 de septiembre de 2018, que fue de
91.616833944348 puntos. Como resultado de esta operación, el factor de actualización
obtenido y aplicado es de 1.1166.
Por otra parte, de conformidad con el artículo 32-H, fracción I, segundo párrafo del CFF,
la cantidad establecida en dicho artículo se actualizó utilizando el factor de actualización
de 1.0471, mismo que resulta de dividir el INPC del mes de noviembre de 2018, que fue
de 102.303 puntos, publicado en el DOF el 10 de diciembre de 2018, entre el INPC del
mes de noviembre de 2017, que fue de 97.695173988822 puntos, publicado en el DOF
el 21 de septiembre de 2018.
Los índices correspondientes a los meses de noviembre de 2016 y noviembre de 2017
a los que se refiere esta fracción, están expresados conforme a la nueva base de la
segunda quincena de julio de 2018=100, cuya serie histórica del INPC mensual de enero
de 1969 a julio de 2018, fue publicada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía
en el DOF el 21 de septiembre de 2018.
Los montos de las cantidades mencionadas anteriormente, se han ajustado a lo que
establece el artículo 17-A, octavo párrafo del CFF, de tal forma que las cantidades de
0.01 a 5.00 pesos en exceso de una decena, se han ajustado a la decena inmediata
anterior y de 5.01 a 9.99 pesos en exceso de una decena, se han ajustado a la decena
inmediata superior.
Asimismo, se dan a conocer en el Anexo 5, rubro B, las cantidades que entraron en vigor
a partir del 1 de julio de 2018, de conformidad con el “Decreto por el que se reforman,
adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la
Ley Aduanera, del Código Penal Federal y de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar
los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos”, publicado en el DOF el 1 de junio
de 2018. Dichas cantidades son las que se encuentran en el artículo 82, fracción XXV
del CFF.
XI.
Conforme a lo expuesto en el artículo 32-H, fracción I, segundo párrafo del CFF, se da
a conocer la cantidad actualizada en el Anexo 5, rubro A, de la presente Resolución que
entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2020. La actualización se realizó de acuerdo
con el procedimiento siguiente:
La última cantidad actualizada establecida en el artículo 32-H, fracción I, segundo párrafo
del CFF, se dio a conocer en la Modificación al Anexo 5 de la Resolución Miscelánea
Fiscal para 2018, publicado en el DOF el 24 de diciembre de 2018, y cuya vigencia inicio
el 1 de enero de 2019.
Para actualizarla se utilizó el factor de actualización de 1.0297, mismo que resulta de dividir
el INPC del mes de noviembre de 2019, que fue de 105.346 puntos, publicado en el DOF el
