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PRINCIPIOS METAFÍSICOS
En este caso la expresion exterior no significa la
existencia en otro lugar que el que yo ocupo, ni la
determinacion de mi voluntad y la aceptacion en
otro tiempo, por ejemplo en aquel en que se verifica la oferta, sino únicamente un objeto diferente
de mi. Pero la razon práctica exige, por su ley de
derecho, que yo conciba lo Mio y lo Tuyo en la
aplicacion á objetos, independientemente de toda
condicion sensible, porque se trata de una determinacion del arbitrio segun leyes de libertad,.
puesto que solamente una nocion, del entendimiento
puede ser sometida á la de derecho. Diré, pues: Yo
poseo un campo, aun cuando no me encuentre situado en él. Aquí no se tiene en cuenta más que
una relacion intelectual con el objeto que tengo en
mi poder (una nocion intelectual de la posesion independiente de las condiciones de espacio); y es
mio porque yo puedo disponer de él á mi gusto sin
violar en nada la ley de la libertad exterior. La razon de la legitimidad de esta nocion de la posesion
(possessio noumenon), fupdamento de una legisla¿ion universalmente valedera , consiste precisamente en que la razon práctica exige absolutamente
que, abstracción hecha de la posesion fenomenal
(la ocupacion) de este objeto de mi arbitrio, la posesion se conciba segun una nocion intelectual, y
no segun una nocion experimental. Pero las condiciones á priori de la posesion física deben estar
contenidas en la nocion de la posesion intelectual.
Dije hace un momento que la razon de la legitimidad de la posesion mental es un principio de legis,.
lacion universal; en efecto, toda una legislacion
