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2. Si el usuario se encuentra registrado en el sistema RUNT. El organismo de
tránsito procede a verificar con la exigencia de la presentación del documento
de identidad y la captura de la huella del usuario, la confrontación con la
información registrada en el sistema y la confirmación de que el ciudadano que
adelanta el trámite es el mismo que se encuentra inscrito con ese documento de
identidad.
3. Examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz. El organismo de
tránsito procede a verificar en el sistema que al usuario le fue realizado el
examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz; que de acuerdo con
la evaluación realizada es una persona apta para conducir vehículos de la
tipología correspondiente a la categoría que aspira a obtener la licencia; que la
certificación fue expedida por un Centro de Reconocimiento de Conductores
debidamente habilitado y autorizado por el Ministerio de Transporte.
4. Certificado de aptitud en conducción. El organismo de tránsito procede a
verificar en el sistema que al usuario le fue otorgado un certificado de aptitud en
conducción para la categoría que solicita la licencia de conducción, por un
Centro de Enseñanza Automovilística debidamente habilitado y autorizado por el
Ministerio de Transporte.
5. Examen teórico y práctico. El organismo de tránsito valida que el usuario
presentó y aprobó el examen teórico y práctico ante la entidad debidamente
autorizada por el Ministerio de Transporte.
6. Validación de paz y salvo por infracciones de tránsito. El organismo de
tránsito valida a través del sistema RUNT que el usuario se encuentra a paz y
salvo por concepto de multas, por infracciones de tránsito.
7. Validación y verificación del pago de los derechos del trámite. El organismo
de tránsito valida en el sistema RUNT el pago realizado por el usuario por los
derechos del trámite, a favor del Ministerio de Transporte y de la tarifa RUNT, y
verifica la realización del pago correspondiente a los derechos del organismo de
tránsito.
8. Otorgamiento de la licencia de Conducción. Verificados y validados los
requisitos enunciados anteriormente, el organismo de tránsito procede a otorgar
la licencia de conducción indicando las categorías para la cual está autorizado
conducir el usuario.
9. Cuando la licencia de conducción solicitada es para conducir vehículos de
servicio público. El organismo de tránsito debe verificar y validar que los
exámenes de aptitud física y de conocimientos aprobados fueron realizados y
aprobados en la categoría respectiva y que el ciudadano tiene más de 18 años
de edad.
10. Cuando el trámite solicitado es la renovación de la licencia de
conducción. El organismo de tránsito valida en el sistema que el conductor se
haya practicado el examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz y
que continúa con las mismas condiciones físicas y mentales para conducir,
evento en el cual procede a registrar la nueva fecha de vigencia, dependiendo si
Resolución 12379 de Diciembre 28 de 2012