REFORMA ACTIVIDADES 2016 FINAL.pdf

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GACETA MUNICIPAL DE SAN DIEGO
12. En el caso de la actividad eventual,
estimación de ingresos y pago del
impuesto por el período que se ejercerá la
actividad.
13. Para empresas de transporte se requiere
permiso de conferimiento de aval de
circulación, emitido por Vialidad de San
Diego Instituto Autónomo Municipal
(VIALSANDI, I.A.M.).
14. En el caso de las Cooperativas, para la
solicitud de la Licencia de Actividades
Económicas, deberá anexar la constancia
de registro emitido por la Superintendencia
Nacional de Cooperativas (SUNACO
(SUNACOOP),
conforme a lo previsto en el artículo 11 del
Decreto con Fuerza y Rango de Ley
Especial de Asociaciones Cooperativas.
15. En el caso de las agencias de loterías,
máquinas de video-juegos
juegos o similares, la
autorización emitida por el Institución
Oficial de Beneficencia
eneficencia Pública y
Asistencia Social del Estado Carabobo
(lotería de Carabobo).
16. En el caso de máquinas traganíqueles la
Licencia expedida por la Comisión
Nacional de Casinos, Salas de Bingo y
máquinas traganíqueles.
PARÁGRAFO PRIMERO: Cuando se trate
dee actividades para cuyo ejercicio las leyes o
reglamentos nacionales exigen el permiso o
autorización de alguna autoridad nacional o
estatal, deberá presentarse la constancia de
haber obtenido dicho permiso o autorización,
salvo en los casos en que la norm
norma aplicable
exija previamente la licencia municipal.
PARÁGRAFO SEGUNDO: En los casos de
solicitud de licencia transeúnte, deberán
presentarse los documentos señalados en los
numerales 1, 2, 3, 4, 7 y 14 del presente
artículo.
PARÁGRAFO TERCERO: En los ca
casos de
solicitud de licencia por actividades de
arrendamiento y administración de bienes
inmuebles, siempre que la actividad no se
realice en una oficina administrativa, deberán
presentarse los documentos señalados en los
numerales 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 14 del
de presente
artículo.
Actividades Económicas en forma permanente
ARTÍCULO 14.- Quienes deseen ejercer, en
forma permanente, en jurisdicción del
Municipio San Diego, actividades económicas,
de industria, comercio, servicio o de índole
similar,
deberán
solicitar
y
obtener
previamente, de la Administración
dministración Tributaria,
la respectiva Licencia de actividades
económicas,
ómicas, conforme al procedimiento
previsto en esta Ordenanza.
Tasa por solicitud y tramitación
ARTÍCULO 15.- La solicitud y tramitación de
la Licencia de actividades económicas causará
la tasa administrativa siguiente, diez unidades
tributarias (10 U.T) cuando se trate de
actividades cuya naturaleza exige la revisión,
por parte de la Administración Tributaria
Municipal del cumplimiento de los requisitos
exigidos por las leyes y disposiciones
nacionales.
Ejercicio Eventual de Actividades Económicas
ARTÍCULO 16.- Cuando se trate de ejercicio
eventual de actividades económicas, de
industria, comercio, de servicio o de índole
similar en jurisdicción del Municipio San
Diego, por parte de quienes no tengan sede o
establecimiento en éste, para iniciar las
actividades
dades deberán notificar previamente al
inicio de las mismas y por escrito a la
Administración Tributaria Municipal, la fecha
en que se iniciarán las actividades, con
indicación de la dirección donde las ejercerá y
el período. La notificación se hará en los
formularios que al efecto suministre la
Administración Tributaria Municipal de San
Diego en los cuales deberán expresarse los
datos exigidos en los numerales 1, 2, 3, 4, 6 y 7
del artículo 12 de la presente Ordenanza y
acompañado de los documentos previstos
previst en
los numerales 1, 2, 3, 4, 7, 12 y 14 del artículo
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