ORDENANZA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES SAN DIEGO.pdf


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GACETA MUNICIPAL DE SAN DIEGO
c) Precedencia de los niños, niñas y
adolescentes en el acceso y la atención a
los servicios públicos locales.
d) Primacía de los niños, niñas y
adolescentes en la protección y socorro
en cualquier circunstancia.
Organismos
ARTÍCULO 4.- El Municipio San Diego,
organizará los servicios de protección
integral de niños, niñas y adolescentes a
través de los siguientes organismos:
a) Consejo Municipal de Derechos de los
Niños, Niñas y Adolescentes de San
Diego.
b) Fondo Municipal de Protección de los
Niños, Niñas y Adolescentes de San
Diego.
c) Consejo de Protección de los Niños,
Niñas y Adolescentes de San Diego.
d) Defensorías Municipales de Protección
de los Niños, Niñas y Adolescentes.
e) Entidades Municipales de Atención a los
Niños, Niñas y Adolescentes.
TÍTULO II
DEL CONSEJO MUNICIPAL DE
DERECHOS
DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE SAN DIEGO
Finalidad
ARTÍCULO 5.- El Consejo Municipal de
Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de
San Diego es un órgano con personalidad
jurídica y patrimonio propio, el cual tiene
como finalidad garantizar los derechos
colectivos y difusos de los niños, niñas y
adolescentes
y
ejerce
funciones
deliberativas, contraloras y consultivas.
Las decisiones adoptadas por el Consejo
Municipal de Derechos de Niños, Niñas y
Adolescentes son actos administrativos que
agotan la vía administrativa.

PARÁGRAFO ÚNICO: Sus actos
administrativos de efectos generales deberán
ser divulgados en la Gaceta Municipal de
San Diego.
Atribuciones.
ARTÍCULO 6.- Son atribuciones del
Consejo Municipal de Derechos de Niños,
Niñas y Adolescentes de San Diego:
a) Presentar a consideración del Alcalde o
Alcaldesa el Plan Municipal para la
Protección Integral de Niños, Niñas y
Adolescentes, en estricto cumplimiento
de la política y plan nacional, regional y
en concordancia con la realidad
municipal para la protección integral de
niños, niñas y adolescentes aprobados
por el órgano rector, así como de los
lineamientos y directrices emanadas de
éste.
b) Presentar a consideración del Alcalde o
Alcaldesa la propuesta de presupuesto
del Consejo.
c) Coordinar y brindar apoyo técnico en el
ámbito municipal a los integrantes del
Sistema Rector Nacional y Regional para
la Protección Integral de Niños, Niñas y
Adolescentes.
d) Promover la divulgación de los
derechos, garantías y deberes de niños,
niñas y adolescentes y ser vocero a nivel
local de sus intereses e inquietudes.
e) Crear entidades de atención que se
justifiquen en razón de la necesidad real
del Municipio San Diego para la
ejecución de programas de protección.
f) Promover, acompañar y supervisar a las
entidades de atención y programas de
protección, especialmente a través de las
comunidades organizadas, expresiones
de la sociedad civil y grupos organizados
y organizaciones no gubernamentales.
g) Mantener el registro municipal de
defensorías, entidades de atención y
programas de protecciones de niños,
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