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GACETA MUNICIPAL DE SAN DIEGO

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identidad del representante legal y
fotocopia de la cédula de identidad del
autorizado.
Listados de las unidades que integran
la flota del servicio, debidamente
firmado por el máximo representante
de la organización del transporte
público, avalado por la autoridad
competente.
Fotocopia de Certificado de Registro
de Vehículos emitido por el órgano
competente, correspondiente a las
unidades
dades de transporte que prestará
prestarán el
servicio.
Fotocopia de la cédula de identidad,
licencia
de
conducir
vigente,
certificado
ificado médico vigente de los
conductores.
Fotocopia de póliza de responsabilidad
civil, vigente.
Croquis de ubicación del terminal o
punto de origen, destino y descanso de
las unidades de transporte, en el caso
de que éstos
stos se encuentren en
jurisdicción del Municipio San Diego.
Carta donde conste la autorización por
parte de la comunidad y/o propietario
del espacio en los cuales tenga el
terminal o punto de origen, destino y
descanso las unidades de ttransporte, en
los casos de que ééstos se encuentren en
jurisdicción
urisdicción del Municipio San Diego.
Propuesta
de
las
rutas
correspondientes.
Pago de la tasa de solicitud de permiso
para la explotación del servicio de
transporte terrestre de pasajeros de
cero punto
to cinco Unidades Tributaria
(0.5 U.T).
Aval de circulación, emitido por
Vialidad de San Diego Instituto
Autónomo Municipal (VIALSANDI,
I.A.M.).

Del Procedimiento
ARTÍCULO 50.-- En la recepción de la
solicitud, si ésta cumple con los requisitos y
documentos exigidos para su presentación,
se procederá a numerarla por orden de

ingreso, dejando constancia de la fecha de
recepción y se extenderá un comprobante al
solicitante, con identificación del número y
la fecha en la cual se le informará sobre su
petición dentro
tro del plazo indicado en esta
Ordenanza.
PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de no
cumplir con los requisitos y documentos
exigidos para su presentación, el
funcionario actuante informará al solicitante
sobre las omisiones observadas, a fin de que
sean subsanadas en un plazo de quince (15)
días continuos contados a partir del día
siguiente que conste su notificación.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Dentro de los
cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha
de su recepción, deberá ser notificado al
interesado a fin de llevar a cabo la revisión
de los vehículos correspondientes
ndientes a la
solicitud.
Una vez realizada la respectiva revisión,
dentro de los quince (15) días hábiles
siguientes a la misma, Vialidad de San
Diego Instituto Autónomo Municipal
(VIALSANDI I.A.M.),, decidirá sobre su
otorgamiento, siempre que no se haya
iniciado un procedimiento administrativo.
A partir de este lapso, el solicitante retirará
el documento contentivo del permiso para
la explotación del servicio de transporte
terrestre de pasajeros y de ser negada, debe
retirar la Resolución motivada.
PARÁGRAFO
ÁGRAFO TERCERO: Vialidad de
San Diego Instituto Autónomo Municipal
(VIALSANDI I.A.M.), podrá expedir un
permiso provisional
nal previa evaluación del
caso; siempre y cuando se comprobase que
la ausencia del respectivo requisito atienda
a la imposibilidad de la emisión oportuna
del mismo por otra autoridad competente.
Improcedencia de la Repetición del Pago
ARTÍCULO 51.- Aún cuando la
autorización sea negada o el solicitante no
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