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GACETA MUNICIPAL DE SAN DIEGO
municipales,
serán
previstos
Resolución
esolución emitida por el instituto.

mediante

Ubicación de Unidades de Transporte
que no estén en Servicio
ARTÍCULO 44.- Los vehículos de transporte
público que no estén en servicio serán
resguardados
en
sus
correspondientes
estacionamientos, sin que en ninguna forma
puedan usarse las vías públi
públicas o de uso
público como tales.
Graduación del Ruido
ARTÍCULO 45.- Los vehícul
vehículos de transporte
público que tengan receptores o reproductores
de sonido, graduarán el volumen de los mismos
de conformidad con lo previsto en la
Ordenanza sobre
obre la Convivencia y el
Comportamiento Ciudadano del Municipio San
Diego, de forma tal
tal, que sean tolerables y
deberán bajar dicho volumen a requerimiento
del pasajero.
Exención del Pago
ARTÍCULO 46.- Quedan exentas del pago de
pasajes por transporte terrestre urbano las
personas mayores de sesenta (60) años y
personas discapacitadas; y goza
gozarán de pasaje
preferencial los estudiantes.
PARÁGRAFO ÚNICO: Vialidad de San
Diego
Instituto
Autónomo
Municipal
(VIALSANDI I.A.M.) otorgará credencial
suficientemente visible a las personas
beneficiadas con exoneraciones y pasaje
preferencial.
ARTÍCULO 47.- La publicidad y propaganda
que se realice o efectúe en los medios
vehículos, paradas, terminales, planos, mapas,
guías y en general, con todo lo relacionado con
el servicio público de transporte, es
competencia exclusiva de la Alcaldía del
Municipio San
an Diego
Diego, quien a los efectos,
otorgará los permisos de conformidad con lo
establecido en la respectiva Ordenanza sobre
Publicidad y Propaganda; a través de la
Dirección de Hacienda Municipal y a solicitud
del interesado.

CAPÍTULO II
DE LOS PERMISOS, AVALE
AVALES Y
CERTIFICACIONES
Requisitos para Solicitud de Permisos
ARTÍCULO 48.- Los permisos para la
explotación del servicio de transporte
terrestre de pasajeros deberán solicitarse
por escrito, en los formularios especiales
que al efecto autorice y elabore Vialidad de
San Diego Instituto Autónomo Municipal
(VIALSANDI I.A.M.).. En los formularios
de solicitud deberá expresarse:
1. El nombre de la persona natural, de la
firma personal o la razón social bajo el
cual funcionará la o las unidades de
transporte.
2. La identificación, nacionalidad y
dirección del propietario o representante
legal de la o las unidades de transporte.
3. Domicilio fiscal de la empresa,
cooperativa o persona natural.
4. Datos de registro, placa, año, modelo,
color y seriales de la o las unidades dde
transporte.
5. Cualesquiera otras exigencias previstas
en esta Ordenanza o en otras
disposiciones legales o reglamentarias.
Documentos a Consignar
ARTÍCULO 49.- Con la solicitud de
permiso para la explotación del servicio de
transporte terrestre de pasajeros,
os, se deberán
presentar los siguientes documentos:
1. Planilla de solicitud de permiso para la
explotación del servicio de transporte
terrestre de pasajeros.
2. Fotocopia de la cédula de identidad (en
caso de ser persona natural) o del Acta
Constitutiva y sus modificaciones (en
caso de ser persona jurídica).
3. Copia de inscripción en el Registro de
Información Fiscal (RIF).
4. De no ser el representante legal de la
empresa debe presentar la respectiva
autorización firmada y sellada por la
empresa, fotocopia de la cé
cédula de
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