ORD. SOBRE CONSECIÓN DE AYUDAS Y DONACIONES DEL MUNICIPIO SAN DIEGO.pdf


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GACETA MUNICIPAL DE SAN DIEGO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA
ESTADO CARABOBO
EL CONCEJO DEL MUNICIPIO
SAN DIEGO
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
LEGALES, SANCIONA
LA SIGUIENTE
ORDENANZA SOBRE CONCESIÓN
DE AYUDAS Y DONACIONES DEL
MUNICIPIO SAN DIEGO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1.- La presente Ordenanza
tiene por objeto regular el otorgamiento
de ayudas y donaciones a aquellos
ciudadanos y organizaciones comunitarias
que requieran contribución económica
por parte del Municipio para satisfacer
necesidades personales o colectivas.
PARÁGRAFO ÚNICO: Se excluyen del
otorgamiento
de
los
beneficios
establecidos en la presente Ordenanza,
aquellas personas, instituciones y
organizaciones que reciban aportes
económicos
contemplados
en
la
Ordenanza de Presupuesto de Ingresos y
Gastos del Municipio San Diego.
ARTÍCULO 2.- El beneficio de ayuda o
donación, podrá ser solicitado por
aquellas personas y organizaciones, que
fundamenten debidamente su petición y
cuya naturaleza corresponda con la
finalidad establecida en la presente
Ordenanza.

ARTICULO 3.- Solo podrán concederse
ayudas o donaciones que atiendan los
requerimientos total o parcial del
solicitante, siempre y cuando sea referida
a necesidades básicas que afecten la vida,
el desarrollo personal y la convivencia
ciudadana.
ARTICULO 4.- A los fines de esta
ordenanza el beneficio de ayuda o
donación podrá otorgarse para atender las
siguientes áreas.
1. Salud: medicamentos y gastos
médicos.
2. Asistencia Escolar: útiles
escolares, pago de matrícula,
eventos
académicos
y/o
científicos.
3. Deportiva
y
Cultural:
materiales e implementos
deportivos,
eventos
y
competencias
deportivas,
eventos
culturales,
instrumentos
relacionados
con la actividad cultural y
asistencia a las asociaciones
culturales y deportivas.
4. Comunitarias:
Ayudas
o
donaciones
a
personas,
asociaciones
de
vecinos,
consejo
comunales,
comunidades
educativas,
eventos
vecinales
y
organizaciones
legalmente
constituidas
no
gubernamentales.
5. Institucionales: Ayudas o
donaciones a instituciones
públicas o privadas de carácter
benéfico,
legalmente
constituidas.

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