ORD. SOBRE AUTORIZACION PARA EL EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS.pdf

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GACETA MUNICIPAL DE SAN DIEGO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA
ESTADO CARABOBO
MUNICIPIO SAN DIEGO
DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN
DIEGO
ORDENANZA SOBRE
AUTORIZACION PARA EL
EXPENDIO DE BEBIDAS
ALCOHOLICAS
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Ordenanza sobre Autorización para el
Expendio de Bebidas Alcohólicas, fue
presentada por la Concejal Carmen
Hernández, Presidenta de la Comisión
Permanente de Desarrollo Urbano, Ejido y
Ambiente de la Cámara Municipal de San
Diego.
El 28 de julio de 2005 se pública la nueva
Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies
Alcohólicas, a través de Gaceta Oficial de
la Republica Bolivariana de Venezuela No.
38.238, trayendo en su texto algunas
reformas importantes al antiguo régimen
legal.
Efectivamente, con la nueva Ley se
reformaron algunos aspectos del anterior
régimen legal, sin embargo una de las
reformas más resaltantes y que constituye
interés municipal, es la transferencia de
competencia que se hiciera a las alcaldías
del País, en el sentido que ahora son estas,
las que otorgarán las Autorizaciones para el
Expendio de Bebidas Alcohólicas, tal y
como lo dispone el articulo 46 de la citada
Ley Especial.
En ese sentido y por mandato de la
disposición legal antes indicada, las
alcaldías procederán a otorgar las
autorizaciones respectivas, de conformidad
con lo dispuesto en las ordenanzas que al
efecto
establezcan
las
normas
procedímentales aplicables. No obstante y
como quiera que la expedición de
autorizaciones para el Expendio de Bebidas
Alcohólicas, es una competencia recién
transferida a los municipios, la cual se
ejecutará a través de su órgano ejecutivo, en
vista de que tenemos la inexistencia de la
normativa en cuestión, el órgano
competente, que no es otro que el Concejo
Municipal, debe realizar lo conducente para
dictar el régimen jurídico correspondiente.
Por otra parte y aún cuando, por previsión
de la disposición legal (art. 46) supra citada,
hasta tanto no se dicte dicho régimen, el
órgano ejecutivo local se encargará de
hacer cumplir las disposiciones de la Ley de
Impuesto sobre Alcohol y Especies
Alcohólicas y su Reglamento, es importante
destacar que las referidas disposiciones, en
muchos de los casos no son aplicables al
Municipio San Diego, ya que las normas
sobre la industria y fabricación regular son
competencias asignadas al Poder Público
Nacional, de lo que forzosamente puede
concluirse la necesidad apremiante de la
creación del régimen jurídico, propio y
adecuado al ámbito competencial de la
entidad local.
Por todas las razones antes expuestas, se ha
considerado prioridad la redacción del
presente instrumento, estructurado en nueve
(9) capítulos, regulándose en el Capítulo I,
lo referido a las definiciones que deben
observarse a los fines de la correcta
interpretación y aplicación de las
disposiciones de la ordenanza; en el
Capítulo II, se prevé la creación del
Registro Municipal que tenga conocimiento
en todo momento de la ubicación,
funcionamiento, características y número de
los expendios de bebidas alcohólicas que
existen en el municipio; en el Capítulo III,
se regula lo referido a los procedimientos
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