Código de policia 2017 LEY 1801 DE 2016.pdf


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1. Consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias prohibidas, dentro de la institución o centro educativo.
2. Tener, almacenar, facilitar, distribuir, o expender bebidas alcohólicas, drogas o sustancias prohibidas dentro
de la institución o centro educativo.
3. Consumir bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas en el espacio público o lugares abiertos al público
ubicados dentro del área circundante a la institución o centro educativo de conformidad con el perímetro
establecido en el artículo 83 de la presente ley.
4. Tener, almacenar, facilitar, distribuir, o expender bebidas alcohólicas, sustancias prohibidas en el espacio
público o lugares abiertos al público dentro del perímetro circundante de conformidad con lo establecido en el
artículo 84 de la presente ley.
5. Destruir, averiar o deteriorar bienes dentro del área circundante de la institución o centro educativo.
PARÁGRAFO 1o. Los niños, niñas y adolescentes que cometan alguno de los comportamientos señalados en
los numerales anteriores serán objeto de las medidas dispuestas en la Ley 1098 de 2006 y demás normas
vigentes en la materia.
También procederá la medida de destrucción del bien, cuando haya lugar.
PARÁGRAFO 2o. La persona mayor de edad que incurra en uno o más de los comportamientos antes
señalados, será objeto de la aplicación de las siguientes medidas correctivas, sin perjuicio de lo establecido en
los reglamentos internos de cada establecimiento educativo:
COMPORTAMIENTOS
Numeral 1
Numeral 2
Numeral 3
Numeral 4
Numeral 5

MEDIDA CORRECTIVA A APLICAR
Multa General tipo 3; Destrucción de bien
Multa General tipo 4; Destrucción de bien
Multa General tipo 3; Destrucción de bien
Multa General tipo 4; Destrucción de bien; Suspensión temporal de actividad
Multa General tipo 2;Reparación de daños materiales de muebles o inmuebles

ARTÍCULO 35. COMPORTAMIENTOS QUE AFECTAN LAS RELACIONES ENTRE LAS PERSONAS Y LAS
AUTORIDADES. Los siguientes comportamientos afectan la relación entre las personas y las autoridades y por
lo tanto no deben realizarse. Su realización dará lugar a medidas correctivas:
1. Irrespetar a las autoridades de Policía.
2. Incumplir, desacatar, desconocer e impedir la función o la orden de Policía.
3. Impedir, dificultar, obstaculizar o resistirse a procedimiento de identificación o individualización, por parte de
las autoridades de Policía.
4. Negarse a dar información veraz sobre lugar de residencia, domicilio y actividad a las autoridades de Policía
cuando estas lo requieran en procedimientos de Policía.