La verdad sobre el Fondo Ind.pdf

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Los indicios más claros de
la corrupción: el desvío de recursos
del Estado a cuentas particulares
El delito mayor: la transferencia de
recursos públicos del Fondo Indígena a
cuentas privadas
Es fundamental comprender que el principal
delito cometido en el caso del Fondo
Indígena tiene que ver con la transferencia
de recursos a cuentas privadas. Los proyectos fantasmas pueden “aparecer” y/o los
proyectos inconclusos pueden terminarse,
con lo que el problema de Fondo, aparentemente, quedaría extinguido. Sin embargo,
no es así. Por eso es imprescindible comprender qué pasó en lo que constituye el
delito más remarcable en el caso del Fondo
Indígena: el traspaso a cuentas privadas de
dineros del Estado.
Se parte de la premisa de que el gobierno
busque restar relevancia a este hecho. La
Ministra de Transparencia afirmó que lo
sucedido en el Fondo Indígena “son errores
que no debemos cometer… y que los beneficiarios no fueron informados de que no estaban legalmente autorizados a abrir cuentas
privadas y, por tanto, la responsabilidad del
control de los hechos se resumen en los ex
directores ejecutivos del Fondo Indígena”.
Lo propio alega el ministro Luis Arce,
quien afirma que “el Fondo Indígena tiene
una estructura cuyo único nivel de responsabilidad es el Director Ejecutivo, resumiendo
la actuación de las demás autoridades a simplemente firmar lo supuestamente aprobado
por el Fondo Indígena”.
Rafael Quispe y Eduardo León dicen en
cambio que “la Constitución, la Ley 1178, así
como el propio decreto de creación del Fondo
Indígena y demás normas son claras y limitan
el uso de los recursos prohibiendo el traspaso
a cuentas particulares”.15
Vemos los datos generales observados,
verdaderamente alarmantes:
CUADRO 1: TRANSFERENCIAS Y MONTOS RECIBIDOS EN LAS CUENTAS BANCARIAS
BANCO
# TRANSFERENCIAS
MONTO AGREGADO
% MONTO
Banco Mercantil Santa Cruz
24
1.412.851,93
3,04
Banco Unión
19
23.069.193,35
49,69
Banco Nacional de Bolivia
8
12.503.736,23
26,93
3
9.444.464,50
20,34
54
46.430.246,01
Banco Solidario
Fuente: información proporcionada por Rafael Quispe y Eduardo León.
15 La Constitución Política del Estado, las Leyes del Presupuesto General del Estado 2010, 2011, 2012, la ley 1178 SAFCO, la Ley 004 y el
Reglamento de Transferencias del Fondo Indígena prohíben el traspaso de recursos públicos para beneficio privado.
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