127 15 RESOL deinitivo 1825 CAT.pdf


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ABOGACÍA
GENERAL DEL
ESTADO

2.

Vivienda

Con el fin de garantizar que ninguna persona se vea privada del acceso a una
vivienda digna, el futuro gobierno deberá trabajar en favor de la aplicación del marco
normativo regulado por la Ley 24/2015, de 29 de julio, de medidas urgentes para dar
respuesta a situaciones de emergencia en el ámbito de la vivienda y de la pobreza
energética. En este contexto, el futuro gobierno deberá garantizar que, en los
procedimientos de desahucio de la vivienda habitual que conciernan a personas y
unidades familiares en situación de riesgo de exclusión residencial, se cumpla, para
poder proceder al desahucio, el principio de realojamiento adecuado de las personas
y unidades familiares afectadas.
Del mismo modo, y de forma urgente,

el futuro gobierno deberá realizar

modificaciones normativas para dar cumplimiento a las previsiones de la mencionada
Ley 24/2015, como en el caso del reglamento de funcionamiento de las mesas de
valoración para la adjudicación de viviendas en situaciones de emergencia
económica, social y otros casos con necesidades especiales en el ámbito de la Agencia
de la Vivienda de Cataluña.
3.

Sanidad

En el ámbito de las políticas de salud, el futuro gobierno deberá garantizar el acceso
universal a la atención sanitaria pública y de calidad, a través del Servicio Catalán de
Salud (Catsalut), a todas las personas que viven en Cataluña. Nadie podrá quedar
excluido por motivos de origen, tenga o no la condición de asegurado o beneficiario
del Sistema Nacional de Salud e independientemente de si consta como empadronado
o no. Del mismo modo, ningún ciudadano podrá verse privado de asistencia
farmacéutica por motivos económicos.
De conformidad con diversas resoluciones aprobadas por este Parlamento, no se
realizarán nuevos concursos para la gestión de Centros de Atención Primaria.
4.

Educación

El Parlamento de Cataluña interpuso recurso de inconstitucionalidad contra buena
parte del articulado de la LO 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad
educativa, recurso que fue admitido a trámite el 3 de abril de 2014. Mediante esta
impugnación, avalada con un dictamen del Consejo de Garantías Estatutarias, se
4

MINISTERIO
DE JUSTICIA

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