Bases del Mercado Eléctrico.pdf

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3.1.1
Con la suscripción del contrato de Participante del Mercado, los Participantes del Mercado
acordarán sujetarse a las Reglas del Mercado.
3.1.2
Los Participantes del Mercado acuerdan pagar al CENACE y recibir los pagos del CENACE
por los conceptos y cantidades que se determinen y calculen en los términos establecidos en las
Reglas del Mercado.
3.1.3
Con la suscripción del contrato, los Participantes del Mercado se sujetarán a las
condiciones de restricción, suspensión o cancelación de los derechos derivados del contrato de
Participante del Mercado en caso de mora, incumplimiento de pago, disminución de sus garantías o
falta de presentación de éstas.
3.2
Procedimiento de registro de los Participantes del Mercado
3.2.1
Los candidatos a Participantes del Mercado deberán presentar una solicitud de registro
ante el CENACE en el módulo de registro del portal del Sistema de Información del Mercado. Para
acceder a dicho módulo, el candidato deberá completar exitosamente una fase de pre-registro, de
acuerdo con el procedimiento establecido en el Manual de Prácticas de Mercado correspondiente,
que incluirá al menos:
(a) la creación de la cuenta de usuario en el Sistema de Información del Mercado; y,
(b) el pago de la cuota de registro.
3.2.2
Todos los candidatos a Participantes del Mercado que pretendan realizar operaciones en el
Mercado Eléctrico Mayorista, en cualquiera de las modalidades señaladas en la Base 3.2.3 estarán
sujetos a celebrar con el CENACE un contrato de Participante del Mercado en el que se especificará
su identidad legal, sus derechos para comprar y vender energía, Potencia, Servicios Conexos,
Derechos Financieros de Transmisión y Certificados de Energías Limpias en el Mercado Eléctrico
Mayorista, así como la obligación de cumplir con las Reglas del Mercado.
3.2.3
En los contratos se considerarán las siguientes modalidades de participación en el Mercado
Eléctrico Mayorista:
(a) Generador: representa una o más Centrales Eléctricas en el Mercado Eléctrico Mayorista, y en
el caso del Generador de Intermediación, representa en ese mercado a las Centrales Eléctricas y a
los Centros de Carga incluidos en los Contratos de Interconexión Legados.
(b)
Usuario Calificado Participante del Mercado: representa Centros de Carga en el Mercado
Eléctrico Mayorista para consumo propio o para el consumo dentro de sus instalaciones.
(c) Suministrador de Servicios Básicos: representa en el Mercado Eléctrico Mayorista a los Centros
de Carga correspondientes a los Usuarios del Suministro Básico.
(d) Suministrador de Servicios Calificados: representa en el Mercado Eléctrico Mayorista a los
Centros de Carga correspondientes a los Usuarios Calificados que no participan directamente en el
Mercado Eléctrico Mayorista.
