Bases del Mercado Eléctrico.pdf

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2.1.131 Sobrecobro Neto por Congestión: El Sobrecobro Bruto por Congestión en el Mercado del
Día en Adelanto menos los pagos netos del CENACE por la liquidación de los Derechos Financieros
de Transmisión, o bien, el Sobrecobro Bruto por Congestión en el Mercado de Tiempo Real sin
ajuste adicional, y que es calculado por separado para el Mercado del Día en Adelanto y Mercado de
Tiempo Real en cada sistema interconectado. Esta diferencia puede ser negativa.
2.1.132
Sobrecobro por Pérdidas Marginales: Los Componentes de Pérdidas Marginales y
Componentes de Energía Marginal de los Precios Marginales Locales multiplicados por la cantidad
de energía comprada por los Participantes de Mercado en cada NodoP, menos los Componentes de
Pérdidas Marginales y Componentes de Energía Marginal de los Precios Marginales Locales
multiplicados por la cantidad de energía vendida por los Participantes de Mercado en cada NodoP, y
que es calculado por separado para el Mercado del Día en Adelanto y el Mercado de Tiempo Real en
cada sistema interconectado.
2.1.133
Subastas de Derechos Financieros de Transmisión: Subastas en las cuales los
Participantes del Mercado pueden adquirir Derechos Financieros de Transmisión en los términos
previstos en la Base 13.3.
2.1.134
Subastas de Largo Plazo: Subastas en las cuales los Suministradores de Servicios
Básicos y otras Entidades Responsables de Carga pueden celebrar contratos de cobertura con
Generadores para Potencia, Energía Eléctrica Acumulable y Certificados de Energías Limpias con
vigencia de 15 y 20 años.
2.1.135
Subastas de Mediano Plazo: Subastas en las cuales los Suministradores de Servicios
Básicos y otras Entidades Responsables de Carga pueden celebrar contratos de cobertura con
Generadores y Comercializadores para energía eléctrica y Potencia con vigencia de 3 años.
2.1.136 Subastas de Mediano y Largo Plazo: Colectivamente, las Subastas de Mediano Plazo y las
Subastas de Largo Plazo.
2.1.137
Transacción Bilateral de Potencia: Acuerdo entre Participantes de Mercado con el que
transfieren la titularidad y obligaciones asociadas con una cantidad determinada de Potencia en una
zona de Potencia determinada del Sistema Eléctrico Nacional, y que se informa al CENACE para
efectos del Mercado para el Balance de Potencia.
2.1.138
Transacción Bilateral Financiera: Acuerdo entre Participantes de Mercado con el que
transfieren la responsabilidad financiera de una cantidad determinada de energía o Servicios
Conexos en un NodoP o zona de Reservas determinado del Sistema Eléctrico Nacional, y que se
informa al CENACE para efectos de liquidación y pago, sin que la transacción requiera la inyección o
retiro físicos de energía o Servicios Conexos.
2.1.139 Transacciones de Importación y Exportación: Ofertas aceptadas en el Mercado de Energía
de Corto Plazo para la venta (importación) o compra (para exportación) de energía y/o Servicios
Conexos al o del Mercado Eléctrico Mayorista, y cuyo origen (importación) o destino (exportación) es
un sistema eléctrico vecino e interconectado al Sistema Eléctrico Nacional.
