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AÑO XXXIV Núm. 108

3 de junio de 2015

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de dicho certificado resumen, cuando conste en la solicitud la autorización al órgano gestor para su comprobación
y verificación.
4. La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases reguladoras y de lo establecido en la convocatoria.
Vigesimocuarta. Lugar y plazo de presentación de solicitudes.
1. Las personas interesadas podrán presentar su solicitud con arreglo al modelo que figura como anexo I de la
presente Orden, accesible desde la Sede Electrónica del Gobierno Regional de Castilla-La Mancha en la dirección
www.jccm.es. En él se incluyen las declaraciones responsables y el modelo de autorizaciones a la Consejería de
Educación, Cultura y Deportes, necesarias para la comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos y de los
criterios de baremación de las solicitudes. La solicitud se dirigirá al Director General de Universidades, Investigación
e Innovación.
2. La presentación de la solicitud podrá efectuarse por cualquiera de los siguientes medios:
a) Mediante el envío telemático de datos con firma electrónica a través de la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es), adjuntando la documentación digitalizada. Una vez cumplimentada
la solicitud telemática, si el solicitante pudiera identificarse mediante los sistemas de firma electrónica incorporados
al Documento Nacional de Identidad o los emitidos por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la
Moneda, podrá completar el proceso electrónico de presentación de la solicitud.
En el supuesto de que el solicitante no pudiera identificarse por ninguno de los sistemas indicados, deberá imprimir
la solicitud y entregarla firmada de forma presencial.
b) De forma presencial, en el registro de los Servicios Centrales de la Consejería competente en materia de educación o en el de sus Servicios Periféricos, así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
3. El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día 15 de junio hasta el día 30 de junio de 2015, ambos
inclusive.
Vigesimoquinta. Cuantía de las becas y pago de las ayudas.
1. El gasto máximo previsto para estas becas, será de seiscientos mil euros con cargo a la partida presupuestaria
18070000G/422C/48000 de los Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha para 2015 y está cofinanciado con
el Programa Operativo de Empleo Juvenil.
2. La cuantía de cada beca ascenderá a un máximo de cuatro mil euros por beneficiario, que se abonará directamente a la empresa que resulte adjudicataria del procedimiento contractual convocado al efecto. Si la empresa
adjudicataria del contrato ofertara un precio inferior, el importe de la beca ascendería a dicho importe y el número de
beneficiarios se podrá incrementar en función de la baja en la licitación o de las cantidades abonadas por aquellos
que cumplan el requisito establecido en la base 21ª.2., hasta agotar el crédito máximo disponible.
3. La adjudicación de la beca dará lugar a la asignación de una plaza para participar en la actividad.
4. De conformidad con el artículo 77.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, no podrá
realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias con la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o sea deudor por
resolución de procedencia de reintegro.
Vigesimosexta. Impugnación de la convocatoria.
La convocatoria contenida en las presentes bases reguladoras pone fin a la vía administrativa y, contra la misma, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo
de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117
de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o bien, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses, contado desde
el día siguiente al de su publicación, conforme a lo previsto en los artículos 10, 46 y concordantes de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.