SEMINARIOS SOBRE EL NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION.pdf

Vista previa de texto
TÍTULO PRELIMINAR
Capítulo II - Ley
ARTÍCULO 7º.- Eficacia temporal
A partir de su entrada en vigencia, las leyes se aplican a las
consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes...
1. Regla general: Aplicación inmediata de la ley
2. Consecuencias
3. Excepción: Leyes supletorias
“…Las nuevas leyes supletorias no son aplicables a los contratos en
curso de ejecución”.
