LEY ORGANICA PARA LA IGUALDAD EFECTIVA ENTRE HOMBRES Y MUJERES.pdf

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Género e Igualdad en el Trabajo Social.
Políticas Sociales e Igualdad.
Francisco José Vidal mazo
Fecha de Emisión: Enero 2015
Los medios de comunicación social de titularidad privada se tratan en el art.39 LI, a
los que se les impone la obligación de respetar el principio de igualdad entre mujeres y
hombres; para otro tipo de acciones las Administraciones Públicas deberán promover
acuerdos de autorregulación. En términos más contundentes se expresa, por el contrario, el
art. 41 LI cuando regula la publicidad, al calificar de ilícita la que comporte una conducta
discriminatoria (DA 7ª).
A los medios se les impone
la exigencia de garantizar que el lenguaje y los
contenidos que utilicen no sean sexistas, aunque se limita a los proyectos que sean sufragados
parcial o totalmente con dinero público, art. 28 LI. En este punto conviene recordar el
compromiso
que en el art. 14.11 LI se asume por las Administraciones Públicas para
implantar un lenguaje no sexista, y la opción clara que en este texto se hace por los términos
de juezas y magistradas, con lo que viene a solventar las dudas que hasta ahora se mantenían
sobre su denominación.
19- Igualdad de trato en el acceso a los bienes y servicios: ¿en que causa
especifica de discriminación repara la ley y porque?
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En los contratos de seguros o de servicios financieros afines, para prohibir que el
sexo, como un valor de cálculo de primas y prestaciones, genere diferencias de
cuantía entre las personas aseguradas. Una imposición que puede tener
excepciones, cuya determinación se remite al desarrollo reglamentario (art. 71.1
LI).Porque estos negocios se asientan en métodos actuariales que responden a un
cálculo del riesgo que para las empresas dedicadas al seguro o la financiación
tienen la cobertura de determinadas situaciones, y se hace valorando
estadísticamente circunstancias, datos, incidencias o comportamientos de los
potenciales beneficiarios, que pueden ser distintos en las mujeres y los hombres.
Pueden referirse a la expectativa de vida, a características fisiológicas, a hábitos
de comportamientos que directa o indirectamente impliquen un distinto
tratamiento para mujeres y hombres. Es el caso, por ejemplo, de hábitos que
impliquen un mayor riesgo para la salud, o prudencia en la conducción que
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