PROCESO JURIDICO RESUMEN.pdf


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En este sentido, al diferenciar las 4 grandes áreas que reflejamos en las imágenes aéreas de la zona,
existen 2 ubicaciones en la trasera del Parque Santa Catalina denominadas:
• Plaza de Canarias (intercambiador)
• Plaza Comandante Ramón Franco
Estas denominaciones no figuran en ningún momento en la sentencia 492/02 del TSJC, por lo que
entendemos perfectamente válidas para la celebración de actos nocturnos del carnaval.
El Carnaval es una celebración del PUEBLO, muy arraigada en el tiempo y acotada en fechas y horarios.
Siendo, además, una inyección económica muy importante para la economía capitalina (hostelería,
restauración,…)

DISFRUTEMOS TOD@S, DESDE EL RESPETO MUTUO
Y LAS GANAS DE VIVIR Y CELEBRAR

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