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ARTÍCULO 7 – CARRERAS DE MONTAÑA

7.1 ORGANIZACIÓN GENERAL
La organización de los servicios de socorro debería ser similar, en general, a la recomendada en el
Artículo 2 siempre que sea apropiada para las Carreras de Montaña. El recorrido y la organización
deben estar aprobados por la ADN.
Antes de que pase el primer concursante, el jefe de seguridad y/o el Director de Carrera debería
efectuar la inspección de la prueba y certificar que cumple con las disposiciones del plan de
seguridad.

7.2 VIGILANCIA DE LA PISTA

7.2.1 Puestos de comisarios:
Para cada puesto deberían ser respetadas las condiciones siguientes:
-

contacto visual con el puesto precedente y el siguiente;

-

enlace continuo por radio o por teléfono con la dirección de carrera.

7.2.2 Deberes:
Los deberes y las intervenciones de los comisarios son, de forma general, similares a los
expuestos en el Artículo 2.3.5, en la medida en que sean aplicables a las carreras de
montaña.

7.2.3 Equipamiento:
-

Las banderas de señalización descritas en el Artículo 2.3.3.

-

Un recipiente de 15 litros lleno de carbonato de calcio o de cualquier otro producto
destinado a absorber el aceite.

-

Una o dos escobas muy duras y una pala.

-

Dos extintores portátiles de 6 kg de contenido, que utilicen un producto extintor

aprobado por la ADN.
-

Útiles para enderezar un vehículo volcado.

-

Una manta ignífuga para sofocar incendios.

-

Guantes ignífugos.