ESTATUTO GENERAL 2013 2020.pdf

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V. Atender oportuna y eficazmente los problemas y asuntos que le planteen los
afiliados, así como sus beneficiarios, en materia del Fondo de Auxilio.
VI. Elaborar la documentación que considere conveniente con el propósito de
orientar e informar a la dirigencia sindical, a los afiliados y sus beneficiarios,
acerca del funcionamiento del Fondo, así como de los requisitos, trámites y
documentos que deben satisfacerse, para el cumplimiento de sus objetivos.
VII. Acordar con la Presidencia y la Secretaría de Finanzas del CEN, las
modificaciones al Reglamento para el funcionamiento del Fondo de Auxilio por
Defunción y los lineamientos respectivos, vigilando su observancia.
VIII. Las demás que le sean señaladas por la Presidencia del CEN y el presente
Estatuto.
Artículo 130.- Son obligaciones y facultades de la Secretaría de Promoción Social, las
siguientes:
I. Planear y, en su caso, organizar todo género de actividades de promoción
social, dirigidas a los afiliados, con la participación de las Secciones sindicales.
II. Fomentar la sana convivencia de los afiliados, promoviendo ante organizaciones,
instituciones e instancias de los sectores público y privado, programas y
actividades que otorguen beneficios, promociones, descuentos, entre otros, a
favor de los afiliados.
III. Vincularse con las Secretarías de Convivencias Infantiles, Cultura, de Acción
Deportiva y Recreativa, del Programa de Bienestar Físico e Integral de los
Trabajadores y de Prestaciones del ISSSTE, principalmente, para el diseño e
implementación de programas y actividades de fomento y promoción social de
los afiliados y sus familias.
IV. En coordinación con las Secretarías del CEN correspondientes, impulsar
programas para que los trabajadores participen en excursiones, paseos y
actividades de fomento social con cuotas especiales y condiciones preferenciales.
V. Las demás que le sean señaladas por la Presidencia del CEN y el presente
Estatuto.
Artículo 131.- Son obligaciones y facultades de la Secretaría de Cultura, las siguientes:
I. Proponer al CEN y, en su caso, organizar toda clase de actividades culturales
dirigidas a los afiliados, con la participación de las Secciones sindicales.
II. Promover iniciativas para que en los medios de comunicación masiva se
proyecten programas culturales.
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