ESTATUTO GENERAL 2013 2020.pdf

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Artículo 98.- Son facultades y obligaciones de la Secretaría de Vinculación con las
Juntas de Gobierno de los Organismos Públicos Descentralizados de Salud, las
siguientes:
I. Coordinar las actividades de los representantes del Sindicato ante las Juntas
de Gobierno de los Organismos Públicos Descentralizados de Salud.
II. Solicitar el informe correspondiente a los representantes ante las Juntas de
Gobierno de los Organismos Públicos Descentralizados.
III. Recabar los informes de los acuerdos llegados ante las Juntas de Gobierno de
los Organismos Públicos Descentralizados.
IV. Proponer al CEN, medidas o acciones que deban realizarse para gestionar
ante los OPD la gestión y defensa de los asuntos que sean de interés del SNTSA
o los afiliados.
V. Las demás actividades que le sean señaladas por la Presidencia del CEN y el
presente Estatuto.
Artículo 99.- Son facultades y obligaciones de la Secretaría de Coordinación de
Programas Epidemiológicos, las siguientes:
I. Conocer los problemas laborales de los afiliados que tengan a su cargo los
Programas Epidemiológicos.
II. Realizar tareas de organización sindical para las Secciones de trabajadores de
Programas Epidemiológicos.
III. Impulsar la estabilidad laboral y procurar mejorar y estimular la situación
económica y social de los trabajadores de los Programas Epidemiológicos.
IV. Ser responsable de la organización, movilización y control de los contingentes
necesarios para llevar a cabo manifestaciones, desfiles, mítines y demás actos
similares.
V. Tener a su cargo el procedimiento de elección de dirigentes de las Secciones
conformadas por afiliados adscritos a los programas epidemiológicos, de manera
directa o a través de un representante del CEN, estableciendo la orientación
necesaria para que todo proceso se lleve a cabo bajo las normas que establece el
presente Estatuto y el Reglamento.
VI. Coordinar la participación de los representantes del CEN en los actos que
se efectúen en las Secciones de programas epidemiológicos que requieran ésta
presencia.
ESTATUTO GENERAL DEL SNTSA/4 7
