Derecho Civil II (Obligaciones).pdf


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Bolilla 6 - Clasificación de las obligaciones con relación al objeto (cont.)
recibían en custodia el metal precioso y entregaban certificados a los depositantes
aceptados como verdaderos títulos de crédito. El Estado moderno monopoliza
luego la emisión monetaria: los billetes que emite el estado pueden o no ser
representativos de una cierta cantidad de metal precioso o de otros valores y ser o
no convertibles por dicho metal o valor. Cuando son susceptibles de conversión,
nos encontramos frente a la moneda de papel cuyo valor fundamentalmente se
determina en relación de su convertibilidad. Cuando no son susceptibles de
conversión se trata del papel moneda, que circula como medio de pago y tiene
curso legal forzoso.
Clases de moneda:
a. Moneda metálica: de contenido intrínseco, acuñada en metales nobles (oro,
plata) cuyo valor está ligado al metal que representa. Dinero de pleno contenido.
Utilizada principalmente como reserva monetaria que respalda los billetes
circulantes.
b. Moneda de papel: emitida por una institución bancaria, o por el Estado,
representa sumas de metal por las que puede ser canjeado en cualquier
momento. La característica de esta moneda es su convertibilidad.
c. Papel moneda: es un billete potencialmente inconvertible, cuyo valor
descansa en la potencialidad económica del estado que lo emite y en la fe que se
deposita en él.
d. Dinero giral o bancario: documentos que se suelen utilizar para girar sobre
los depósitos bancarios.
e. Dinero de cuenta: dinero que sirve de referencia, de comparación, para
determinar el monto o importa de la operación que se va a satisfacer en papel
moneda.
El dinero puede ser curso fiduciario (depende de la fe que se deposite en la
moneda, los particulares pueden aceptarlo o rechazarlo), de curso legal (medio de
pago que no puede ser rechazado) o de curso forzoso (instrumento legal de pago
irrecusable e inconvertible).
1.2. FUNCIONES ECONÓMICAS Y JURÍDICAS DEL DINERO
Funciones económicas:
a. Medio de circulación e instrumento de cambio
b. Medida del valor de las cosas y de los bienes que están en el
comercio.
c. Instrumento de capitalización y ahorro.
Funciones jurídicas:
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