CUADERNILLO 2014.pdf


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Desempeño del Estudiante en la Institución Adecuado al futuro desempeño como docente, cordial, amable y respetuoso. Su presentación personal debe ser adecuada y correcta dentro y fuera de la Institución.
Es alumno regular de la institución quien habiendo concluido el nivel Medio / Secundario / Polimodal, o se encuentren en la excepción establecida en el Art. 7° de la Ley de la Educación Superior, se
matricula, cursa o rinde las asignaturas con sujeción a las disposiciones reglamentarias relativas a
inscripción, asistencia, evaluación y disciplina emergentes de esta norma o el Reglamento Interno del
Instituto.
Si el alumno interrumpe su asistencia a clases o exámenes finales por tres ciclos lectivos consecutivos, perderá su condición de tal. Para ser readmitido deberá presentar nueva solicitud de inscripción,
asimilarse al plan de estudio en vigencia y solicitar el reconocimiento por equivalencia de aquellos
espacios curriculares del Plan de Estudio que haya aprobado.
Es alumno condicional únicamente quién se inscribe en los cursos iniciales de las carreras sin tener
totalmente aprobados los estudios del nivel secundario o polimodal según corresponda y su matrícula
estará supeditada al completamiento del ciclo al 30 de abril del año en que inicia la carrera de nivel
superior.
Es alumno libre quien ha perdido la condición de regular y aquel que opte para rendir la materia como tal. Cada Institución deberá establecer las asignaturas que pueden rendirse como libres teniendo
en cuenta las exigencias de presencialidad establecidas en normas del Consejo Federal de Cultura y
Educación (para carreras docentes 2800 horas reloj presenciales, y para carreras instrumentales de
las diferentes áreas 1600 horas reloj presenciales.
Es alumno vocacional quien curse determinada asignatura o asignaturas con las mismas exigencias
que el alumno regular, con excepción de las correlatividades. Se le extenderá un certificado de aprobación, discriminando el porcentaje de asistencia y la aprobación de las evaluaciones. Podrán inscribirse en ésta categoría quienes deseen profundizar y especializarse en determinadas asignaturas. Las
asignaturas aprobadas por este beneficio no serán consideradas por equivalencias en ninguna carrera
del Nivel Superior no universitario de gestión estatal provincial. Esta circunstancia deberá constar en
el certificado que el Instituto expida al efecto con una leyenda que exprese “asignatura no válida para
ser reconocida como equivalencia en ningún Plan de Estudio”.
Para poder matricularse en cualquier carrera, curso o asignatura, el alumno deberá presentar en fecha
toda la documentación exigida por el Reglamento Interno del Establecimiento.
Para habilitar las secciones iniciales de las distintas carreras se requiere como mínimo una matrícula
de 25 alumnos. Esta circunstancia deberá notificarse, al aspirante bajo firma, al momento de su inscripción.
Cursado de espacios curriculares
De la promoción
Se Establecen los siguientes sistemas de promoción en los espacios curriculares de las diferentes
carreras. Para su registro las instituciones adecuarán las respectivas planillas
Promoción sin examen final. En reunión de carrera se determinará cada año los espacios curriculares que podrán cursarse por este sistema, siendo condición necesaria que las cátedras seleccionadas
no tengan mas de 20 alumnos inscriptos por división.El Consejo Directivo está autorizado a incrementar esta cantidad hasta 25 alumnos, si lo estima conveniente.
Los alumnos deberán ajustarse a los siguientes requisitos:
a) Asistencia al 85% de las clases efectivamente dadas. El Consejo Directivo de cada establecimiento
podrá incrementar este porcentaje si lo considera necesario.
b) Evaluaciones parciales, que representen los aprendizajes alcanzados a lo largo del espacio, que
sean integradoras correspondientes a momentos de síntesis, y favorezcan la comprensión de los temas. Cuando se trate de espacios curriculares cuatrimestrales la cantidad de evaluaciones parciales
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