Lineamientos acreditacion promo.pdf


Vista previa del archivo PDF lineamientos-acreditacion-promo.pdf


Página 1...11 12 13141551

Vista previa de texto


4.2. Toma de decisión
En la reunión del Consejo Técnico Escolar contemplada para el mes de noviembre, se tomará la decisión
sobre si la acreditación y promoción anticipada es la mejor respuesta educativa para el alumno; para ello,
se considerarán tanto el Informe de evaluación psicopedagógica como el Informe de evaluación sobre el
alumno. El director de la escuela, como presidente de este Consejo, deberá participar de manera activa,
elaborar un Acta en la cual conste la decisión del Consejo y firmarla.
La fecha límite para que el Consejo Técnico Escolar tome la decisión sobre la acreditación y promoción
anticipada del alumno y emita el Acta correspondiente, será la última semana del mes de noviembre del
ciclo escolar en curso.
En caso de que el dictamen sea favorable, el director de la escuela deberá enviar (en original) al
responsable del área de control escolar en la entidad -a través de los mecanismos oficiales-, el formato de
Solicitud de formalización de la acreditación y promoción anticipada (Anexo 4) que corresponda, e incluir
una copia fotostática de éste en el expediente de acreditación y promoción anticipada del alumno.
Asimismo, deberá anexar a la solicitud enviada a control escolar, los siguientes documentos (en copia
fotostática), los cuales servirán como evidencia del proceso que se llevó a cabo:





Autorización para evaluación y formalización de la acreditación y promoción anticipada (Anexo 1)
Carátula del Informe de evaluación sobre el alumno (Anexo 2)
Carátula del Informe de evaluación psicopedagógica (Anexo 3)
Acta del Consejo Técnico Escolar en la que conste la toma de decisión

El responsable del área de control escolar deberá constatar que ha recibido para cada alumno, la
Solicitud de formalización de la acreditación y promoción anticipada y los cuatro documentos anexos;
todos firmados. Una vez verificado lo anterior, deberá realizar los trámites correspondientes para la
promoción anticipada de grado. En caso de que la solicitud no venga acompañada de alguno de los
documentos requeridos, el área de control escolar tendrá que determinar que no procede la solicitud, sin
excepción.
La fecha límite para que el director de la escuela entregue la solicitud de formalización al área de control
escolar es, la segunda semana del mes de diciembre del ciclo escolar en curso.
En caso de que el dictamen no sea favorable, el director de la escuela junto con la educadora, el docente
de grupo o el tutor de grupo, deberán informar sobre los resultados a los padres de familia o tutor.
4.3. Formalización del proceso
Una vez que proceda la solicitud, el responsable del área de control escolar en la entidad, deberá emitir el
Oficio de formalización de la acreditación y promoción anticipada (Anexo 5) dirigido al director de la
escuela. En este oficio deberá constar que, por determinación de las autoridades escolares, el alumno fue
promovido un grado adicional al que le corresponde dentro del mismo nivel educativo; o bien, que al
omitir un grado escolar, fue promovido al siguiente nivel educativo.

Página | 13