Reglamento de edificación año 76.pdf


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Públicas podrá, cuando lo crea conveniente permitir que la fachada de un edificio se
construya dentro de la línea municipal, siempre que se observen las mismas restricciones
establecidas para la construcción sobre la línea municipal. Las partes de las paredes
divisorias existentes de los vecinos que queden aparente por éste retiro, se considerarán
como perteneciente a la fachada retirada y deberán ser tratadas arquitectónicamente hasta la
altura de la misma por quien corresponda.
ARTICULO 3º: LINEA DE EDIFICACION PARA SOTANO: En los casos de construcciones de
sótanos, éstos no podrán sobrepasar el límite de la línea municipal del predio.
ARTICULO 4°: CERTIFICACION DEL NIVEL: A pedido del interesado, el Departamento de
Obras Públicas extenderá, por duplicado, una certificación con la cota de nivel que le
corresponda al predio.
ARTICULO 5°: OCHAVAS: Fijase como línea de edificación en las esquinas de calles y
pasajes, las ochavas correspondiente que serán perpendiculares a la bisectriz del ángulo que
forman las líneas municipales.
Es de utilidad pública la formación y ensanche de las ochavas y por lo tanto, el Departamento
de Obras Públicas, exigirá su ejecución, de acuerdo a las medidas reglamentarias, a medida
que se solicite un permiso para la construcción de nuevos edificios, cercos o refecciones.
En los pisos altos se podrá avanzar en la construcción hasta las líneas municipales. Para
facilitar la solución de la estructura resistente se permitirá colocar una columna inscripta en
un diámetro máximo de 0,70m. dentro de la Intersección de dichas líneas, siempre que entre
la columna y la ochava quede una distancia mínima de 2m. Para el cálculo debe
considerarse que la columna resistirá el impacto por choques eventuales, según lo establecido en las normas D.I.N. 1055.
ARTIOULO 6º: DINENSIONES DE LAS OCHAVAS: Las dimensiones de las ochavas
dependen del ángulo que formen la intersección de las líneas municipales y se determinarán
de acuerdo a lo establecido en el cuadro siguiente:
Hasta 30º
de
30º
de
35º
de
40º
de
45º
de
50º
de
60º
de
70º
de
100º
de
110º
de
120º

…………………………….
a
35º
…………………………….
a 40º
…………………………….
a 45º
…………………………….
a 50º
…………………………….
a 60º
…………………………….
a 70º
…………………………….
a 100º
…………………………….
a 110º
…………………………….
a 120º
…………………………….
a 180º
…………………………….

2,50m.
3,00m.
3,50m.
4,00m.
4,50m.
5,00m.
5,50m.
6,00m.
5,50m.
5,00m.
0,00m.

ARTICULO 7°: EDIFICIOS FUERA DE LA LINEA O SIN OCHAVA REGLAMENTARIA:
Queda terminantemente prohibido hacer refacciones de cualquier clase en edificios o cercos