ESTATUTOS 3 OCT 2006.pdf


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k) Elegir en la Asamblea General a los miembros de su consejo directivo, quienes
permanecerán en su cargo durante cuatro (4) años y podrán ser reelectos, todos o algunos
de ellos, por otro periodo igual.
II.

Obligaciones:
a) Mantener sus Estatutos y Reglamentos debidamente actualizados, acordes y no
opuestos a los de FEMADAC y demás normatividad aplicable dentro del marco del Sistema
Nacional de Cultura Física y Deporte, reconociendo a FEMADAC como la máxima
autoridad rectora del automovilismo.
b) Tener su domicilio dentro del territorio nacional y comunicar por escrito cualquier cambio
del mismo a FEMADAC.
c) Proponer, a más tardar el 30 de enero de cada año, su calendario anual de actividades y
eventos. Estos calendarios podrán ser modificados previa notificación por escrito a
FEMADAC, señalando las causas que motiven el cambio propuesto, procurando siempre
no interferir con las fechas ya programadas de otros eventos que, en principio tendrán
preferencia y cubrir el importe de la aportación que corresponda por concepto de
inscripción de sus eventos en el calendario de FEMADAC.
d) Designar a los Comisarios Deportivos para la sanción de sus eventos y
responsabilizarse de que todos los competidores cuenten con la licencia deportiva vigente
de FEMADAC que corresponda al evento en el que participen.
e) Estimular, premiar y reconocer el desempeño meritorio o destacado de sus miembros de
acuerdo a lo dispuesto en sus Estatutos y normatividad deportiva aplicable.
f) Elaborar su presupuesto anual y presentarlo a su Consejo Directivo para su aprobación,
con copia a FEMADAC.
g) Oportunamente convocar y celebrar las asambleas ordinarias y extraordinarias y juntas
de Consejo que la ley y/o su normatividad les imponga. En el caso de asambleas deberán
obtener previamente a la emisión de la convocatoria, el aval del Presidente de FEMADAC,
sin cuyo requisito carecerá de validez y solicitar la presencia de un representante de
FEMADAC como testigo de calidad. Deberán presentar a FEMADAC copia simple de
todas las actas de sus asambleas, dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a la
celebración de la asamblea.
h) Mantener actualizados los registros de sus miembros para efectos de acreditación,
membresía e identificación de los mismos, en la inteligencia de que en caso de cualquier
discrepancia, los registros que aparezcan en FEMADAC serán el único medio de
validación. También deberán presentar a FEMADAC un directorio de los representantes de
las Asociaciones y/o Clubes de Automovilismo Deportivo de Especialidad y/o Categorías,
así como Promotores y Organismos Afines, afiliados a cada una de las Comisiones
Nacionales, acompañando copia de las escrituras constitutivas y actas de integración
correspondientes, así como planos y especificaciones de las instalaciones para la práctica
de actividades de su modalidad.
i) Administrar adecuadamente sus bienes y fondos, así como los apoyos que les fuesen
autorizados, debiendo presentar trimestralmente informe escrito a su propio Consejo
Directivo y a FEMADAC sobre su situación financiera.
j) Cumplir las obligaciones fiscales aplicables y permitir a FEMADAC fiscalizar y vigilar la
correcta aplicación y ejercicio de los recursos que le llegue a suministrar .