20131126 Acta Junta de Gobierno Local Ayto. Zamora 26 11 13 aprobada .pdf



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ACTA NUMERO 48/13
SESIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO CELEBRADA EL DÍA VEINTISÉIS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRECE

==============================

En la Sala de Comisiones, sita en la Casa Consistorial de esta Ciudad de Zamora, siendo
las diez horas y veinte minutos del día veintiséis de noviembre de dos mil trece, bajo la Presidencia de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, Dª ROSA MARÍA VALDEÓN SANTIAGO, y con
asistencia de los señores siguientes:
TENIENTES DE ALCALDE: D. Feliciano Fernández Cuerdo, D. Francisco Javier
González Hernández y D. Manuel Roncero Garrote.
CONCEJALES: D. Pablo López Quevedo, D. Víctor López de la Parte, D. Manuel
Hernández Calvo, Dª Rosario Rodríguez López y D. Ángel Luis Crespo Encinas.
Asistidos por el Interventor de este Ayuntamiento, D. Francisco Javier López Parada, y
por el Secretario de la Corporación, D. José María García Sánchez, se reunió la Junta de
Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento para celebrar la sesión ordinaria correspondiente
a este día.
PUNTO PRIMERO
APROBACIÓN DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR:
Declarada abierta la sesión por la Presidencia y conocido el borrador del acta de la
sesión anterior, correspondiente al día diecinueve de noviembre de dos mil trece, la Junta de
Gobierno Local, por unanimidad de su composición legal, ACUERDA:
PRIMERO Y ÚNICO.- Prestarle aprobación, y que se transcriba al Libro de Actas
correspondiente.
PUNTO SEGUNDO
CORRESPONDENCIA Y DISPOSICIONES OFICIALES:
Se da cuenta de las siguientes disposiciones oficiales:
-

-

-

Resolución de 8 de noviembre de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la
que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2014, publicada en el
Boletín Oficial del Estado nº 278, de 20 de noviembre de 2013.
Decreto-Ley 2/2013, de 21 de noviembre, por el que se adoptan medidas
extraordinarias de apoyo a las personas y familias afectadas por al crisis en
situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión social en Castilla y León,
publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 226, de 22 de noviembre de 2013.
Orden EYE/930/2013, de 18 de noviembre, por la que se establecen los domingos
y días festivos de apertura autorizada para el comercio en la Comunidad de Castilla
y León durante el año 2014, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León nº

1

-

226, de 22 de noviembre de 2013.
Resolución de 21 de noviembre de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la
que se corrigen errores en la de 8 de noviembre de 2013, por la que se publica la
relación de fiestas laborales para el año 2014, publicada en el Boletín Oficial del
Estado nº 283, de 26 de noviembre de 2013.
PUNTO TERCERO

LICENCIAS DE OBRA Y ACTIVIDADES URBANÍSTICAS:
a) Licencia de obra para sustitución de ascensor y remodelación de portal en Avda. Víctor
Gallego nº 27, solicitada por D. César Prieto Iglesias, en rp. de LA COMUNIDAD DE
PROPIETARIOS AVENIDA VÍCTOR GALLEGO Nº 27. ACUERDOS PROCEDENTES.Dada cuenta de expediente seguido a instancia de D. César PRIETO IGLESIAS en
representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS AVENIDA DE VÍCTOR GALLEGO
Nº27, solicitando concesión de Licencia de Obra para sustitución de ascensor y remodelación
de portal en Avenida de Víctor Gallego nº27 (parcela catastral 1293604), la Junta de
Gobierno Local, por unanimidad de su composición legal, y de conformidad con los informes
obrantes en el expediente, ACUERDA:
PRIMERO Y ÚNICO.- CONCEDER a Licencia Municipal de obra a D. César PRIETO
IGLESIAS en representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS AVENIDA DE VÍCTOR
GALLEGO Nº27 para sustitución de ascensor y remodelación de portal en Avenida de Víctor
Gallego nº27 (parcela catastral 1293604), con estricta sujeción al Proyecto BASICO y DE
EJECUCIÓN presentado, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos el 10 de octubre de 2013
y la documentación anexa presentada, visada el 11 de noviembre de 2013, bajo la dirección
facultativa del arquitecto D. Julio Pérez Domínguez y del Arquitecto Técnico D. Carlos Álvarez
Peláez, debiendo tener en cuenta lo siguiente:

A

Se tendrá en cuenta que se deberá cumplir con la altura libre mínima de 2,20
metros bajo el foso del ascensor.

B

Se extremarán las medidas de seguridad en la ejecución de la obra teniendo en cuenta
que se trata de la intervención en elementos comunes de un edificio habitado.

C

Se recuerda el cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de
febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y
demolición.

D

Se advierte que esta Licencia Municipal no ampara la colocación de vallados con
ocupación de vía pública, contenedores..., debiendo solicitar para ello las
correspondientes autorizaciones que resultaren oportunas (Licencia Municipal de Obra
Menor, liquidación de las correspondientes tasas,...), contando con ellas antes de
proceder su colocación.

E

Las obras se iniciarán antes de los seis meses, no se interrumpirán por más de seis
meses y finalizarán antes de 24 meses contados desde el día siguiente de la
notificación de la Licencia Municipal de Obras solicitada.

F

Se le recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 36 de la Ordenanza
Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 6 de Noviembre de 2000, tiene
la obligación de comunicar a este Ayuntamiento la fecha de inicio de las obras, a los
efectos del control de su ejecución, debiendo disponer a pie de obra de copia

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autorizada de la licencia urbanística.
Dicha licencia se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de
terceros.
b) Licencia de Primera Ocupación de vivienda unifamiliar y garaje en C/Penedillo nº 24,
solicitada por D. Blas Leal Delgado. ACUERDOS PROCEDENTES.Dada cuenta de expediente seguido a instancia de D. Blas Leal Delgado, solicitando
concesión de Licencia de Primera Ocupación de vivienda unifamiliar y garaje en C/ Penedillo
nº 24 (Parcela Catastral 9887706), la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de su
composición legal, de conformidad con los informes obrantes en el expediente, y constando en
el expediente Certificado Final de Dirección de obra, debidamente cumplimentado, ACUERDA:
PRIMERO Y ÚNICO.- CONCEDER la Licencia de Primera Ocupación de vivienda
unifamiliar y garaje en C/ Penedillo nº 24 (Parcela Catastral 9887706), solicitada por D. BLAS
LEAL DELGADO.
Dicha licencia se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de
terceros.
c) Licencia de obra para adecuación de local para garaje en C/Puerta Nueva nº 22,
solicitada por Dª Antonia Santos Sanz, en rp. de CUZA S.A. ACUERDOS
PROCEDENTES.Dada cuenta de expediente seguido a instancia de Dª Antonia Santos Sanz, en rp. de
CUZA S.A., solicitando concesión de licencia de obra para adecuación de local para garaje en
C/Puerta Nueva nº 22, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de su composición legal, y
de conformidad con los informes obrantes en el expediente, ACUERDA:
PRIMERO.- Conceder a Dª Antonia Santos Sanz, en rp. de CUZA S.A., licencia
municipal de obra para adecuación de local para garaje en C/Puerta Nueva nº 22 (parcela
catastral 128460 10), con estricta sujeción al Proyecto presentado visado por el Colegio Oficial
de Arquitectos el 18 de junio de 2013 y la documentación complementaria visada el 25 de
octubre, bajo la dirección facultativa de los Arquitectos D. Manuel Albarrán Ruiz y Dª Cristina
Sagredo Barrio, y debiendo tener en cuenta lo siguiente:
A)

B)

C)

D)

-

Conforme a lo indicado en el informe arqueológico emitido por la arqueóloga
del Servicio Territorial de Cultura, se notificará con antelación suficiente al
mencionado Servicio el comienzo de las obras.
La carpintería de la fachada a vía pública debe tener color oscuro y mate
(art. 4.3 de las Ordenanzas del Plan Especial de Protección del Conjunto
Histórico) e integrarse en el edificio, por lo que el color tendrá un tono similar
al de la puerta del portal.
En la fachada a vía pública no podrán colocarse armarios, cajas,
conducciones o cualquier otro tipo de instalación (art. 4.13 de las
Ordenanzas del Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico).
Con relación al Documento Básico del Código Técnico de la edificación DB
SI, seguridad en caso de incendio, cabe señalar lo siguiente:
En el encuentro entre la cubierta del local y las fachadas del edificio, la cubierta
debe tener una resistencia al fuego mínima El 60 en la franja necesaria para
cumplir con lo establecido en la tabla y apartado 2 de la sección SI 2, en función de
la posición de los huecos del sector o sectores de incendio a los que pertenece el
resto del edificio. Todo ello con independencia de clase de reacción al fuego de la

3

-

E)

F)

G)

cubierta.
Los elementos estructurales tendrán como mínimo la resistencia al fuego que se
establece en la sección SI 6. Si bien se trata de una cubierta ligera, su estructura
principal únicamente podrá tener una resistencia al fuego R 30, si su fallo no puede
ocasionar daños graves a los edificios o establecimientos próximos, ni
comprometer la compartimentación de los sectores de incendio. En otro caso la
resistencia exigible es la de la tabla 3.1 de la sección SI 6. Si la resistencia R al
fuego se garantiza mediante un falso techo, este debe tener la misma resistencia El
que la exigida a los elementos estructurales de la cubierta.
Se instalará alumbrado de emergencia en todas las zonas y elementos que
exige el apartado 2.1 de la sección SUA 4 del Documento Básico del Código
Técnico de la Edificación DB SUA, seguridad de utilización y accesibilidad.
Los plazos máximos de ejecución de las obras serán los siguientes: seis
meses para el inicio, seis meses de interrupción y DIECIOCHO meses para
la finalización, contados desde el día siguiente al de la notificación de la
concesión de la Licencia Municipal de Obras.
Se le recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 36 de la
Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 6 de
noviembre de 2000, tiene la obligación de comunicar a este Ayuntamiento la
fecha de inicio de las obras, a los efectos del control de su ejecución,
debiendo disponer a pie de obra de copia autorizada de la licencia
urbanística.

SEGUNDO.- Dar traslado a la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, para su
conocimiento y efectos oportunos.
Dicha licencia se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de
terceros.
PUNTO CUARTO
SUBVENCIÓN NOMINATIVA A LA ASOCIACIÓN DE VECINOS “BELÉN” DEL BARRIO DE
CABAÑALES. ACUERDOS PROCEDENTES:
Conocido el expediente seguido para la concesión de subvención nominativa a la
Asociación de Vecinos “Belén” del Barrio de Cabañales, la Junta de Gobierno Local, por
unanimidad de su composición legal, y de conformidad con los informes obrantes en el
expediente, ACUERDA:
PRIMERO.- Aprobar el Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de Zamora y
la Asociación de Vecinos “Belén” del Barrio de Cabañales para el desarrollo de sus actividades.
SEGUNDO.- Aprobar la cuenta justificativa de la Asociación de Vecinos “Belén” del
Barrio de Cabañales.
TERCERO.- Autorizar, disponer, reconocer y liquidar a favor de la Asociación de
Vecinos “Belén” del Barrio de Cabañales el gasto por importe de 7.303 euros con cargo a la
partida 925.03-489.04.
PUNTO QUINTO
TOMA DE CONOCIMIENTO DE SUBCONTRATOS A CELEBRAR POR LA
ADJUDICATARIA DE LA OBRA DE “REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS Y ANEXO DE
URBANIZACIÓN DEL AREA DE REHABILITACIÓN INTEGRAL DE LA OBRA SINDICAL

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DEL HOGAR, GRUPOS RAMIRO LEDESMA Y MARTÍN ALVAREZ”. ACUERDOS
PROCEDENTES:
1.- Visto el expediente seguido para la toma de conocimiento de subcontrato a celebrar
por la adjudicataria de la obra de “Rehabilitación de edificios y anexo de urbanización del Area
de Rehabilitación integral de la Obra Sindical del Hogar, Grupos Ramiro Ledesma y Martín
Alvarez”, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de su composición legal, de conformidad
con los informes obrantes en el expediente, y con la propuesta formulada por el Sr. Concejal
Delegado de Obras, ACUERDA:
PRIMERO.- Tomar conocimiento del subcontrato a celebrar por la adjudicataria de la
referida obra, VÍAS Y CONSTRUCCIONES, con la Mercantil ASCENSORES BURGASDIHER
S.L., con CIF B-24012072, domicilio social en Polígono Industrial de León II fase parcela 62
C/Lois 5 (24009 – León).
SEGUNDO.- La citada subcontratación surtirá los efectos previstos en los citados
artículos 227 y 228 del RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, artículo 8 de la Ley 32/2006, de 18 de
octubre, Reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción, el R.D. 1109/2007,
de 24 de agosto, que desarrolla la Ley 32/2006 y demás normativa concordante.
TERCERO.- De conformidad con lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas
que rigen la referida contratación, el adjudicatario deberá disponer en la obra a disposición del
Ayuntamiento, del Director de obra y del Coordinador de Seguridad y Salud, el libro de
subcontratación a que se refiere el artículo 8 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, de acuerdo
con el modelo y demás requisitos previstos en los artículos 13 a 16 y Anexo III del R.D.
1109/2007.
CUARTO.- Dese traslado del presente a los interesados.
2.- Visto el expediente seguido para la toma de conocimiento de subcontrato a celebrar
por la adjudicataria de la obra de “Rehabilitación de edificios y anexo de urbanización del Area
de Rehabilitación integral de la Obra Sindical del Hogar, Grupos Ramiro Ledesma y Martín
Alvarez”, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de su composición legal, de conformidad
con los informes obrantes en el expediente, y con la propuesta formulada por el Sr. Concejal
Delegado de Obras, ACUERDA:
PRIMERO.- Tomar conocimiento del subcontrato a celebrar por la adjudicataria de la
referida obra, VÍAS Y CONSTRUCCIONES, con la Mercantil TÉRMICAS DEL ESTE S.L.U.,
con CIF B-54656491, domicilio social en Avda. de Alicante 90, Villena (03400-Alicante).
SEGUNDO.- La citada subcontratación surtirá los efectos previstos en los citados
artículos 227 y 228 del RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, artículo 8 de la Ley 32/2006, de 18 de
octubre, Reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción, el R.D. 1109/2007,
de 24 de agosto, que desarrolla la Ley 32/2006 y demás normativa concordante.
TERCERO.- De conformidad con lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas
que rigen la referida contratación, el adjudicatario deberá disponer en la obra a disposición del
Ayuntamiento, del Director de obra y del Coordinador de Seguridad y Salud, el libro de
subcontratación a que se refiere el artículo 8 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, de acuerdo
con el modelo y demás requisitos previstos en los artículos 13 a 16 y Anexo III del R.D.
1109/2007.
CUARTO.- Dese traslado del presente a los interesados.

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3.- Visto el expediente seguido para la toma de conocimiento de subcontrato a celebrar
por la adjudicataria de la obra de “Rehabilitación de edificios y anexo de urbanización del Area
de Rehabilitación integral de la Obra Sindical del Hogar, Grupos Ramiro Ledesma y Martín
Alvarez”, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de su composición legal, de conformidad
con los informes obrantes en el expediente, y con la propuesta formulada por el Sr. Concejal
Delegado de Obras, ACUERDA:
PRIMERO.- Tomar conocimiento del subcontrato a celebrar por la adjudicataria de la
referida obra, VÍAS Y CONSTRUCCIONES, con la Mercantil IMPERMEABILIZACIONES
ZAMORA, con CIF B-49270192, domicilio social en C/Churruca 68-41B (49030 – Zamora).
SEGUNDO.- La citada subcontratación surtirá los efectos previstos en los citados
artículos 227 y 228 del RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, artículo 8 de la Ley 32/2006, de 18 de
octubre, Reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción, el R.D. 1109/2007,
de 24 de agosto, que desarrolla la Ley 32/2006 y demás normativa concordante.
TERCERO.- De conformidad con lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas
que rigen la referida contratación, el adjudicatario deberá disponer en la obra a disposición del
Ayuntamiento, del Director de obra y del Coordinador de Seguridad y Salud, el libro de
subcontratación a que se refiere el artículo 8 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, de acuerdo
con el modelo y demás requisitos previstos en los artículos 13 a 16 y Anexo III del R.D.
1109/2007.
CUARTO.- Dese traslado del presente a los interesados.
4.- Visto el expediente seguido para la toma de conocimiento de subcontrato a celebrar
por la adjudicataria de la obra de “Rehabilitación de edificios y anexo de urbanización del Area
de Rehabilitación integral de la Obra Sindical del Hogar, Grupos Ramiro Ledesma y Martín
Alvarez”, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de su composición legal, de conformidad
con los informes obrantes en el expediente, y con la propuesta formulada por el Sr. Concejal
Delegado de Obras, ACUERDA:
PRIMERO.- Tomar conocimiento del subcontrato a celebrar por la adjudicataria de la
referida obra, VÍAS Y CONSTRUCCIONES, con la Mercantil JUAN PEDRO MARCOS GÓMEZ,
con NIF 03442890-C, domicilio social en Urb. Caserío de Urgel nº 14, la Granja de San
Ildefonso (40100 – SEGOVIA).
SEGUNDO.- La citada subcontratación surtirá los efectos previstos en los citados
artículos 227 y 228 del RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, artículo 8 de la Ley 32/2006, de 18 de
octubre, Reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción, el R.D. 1109/2007,
de 24 de agosto, que desarrolla la Ley 32/2006 y demás normativa concordante.
TERCERO.- De conformidad con lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas
que rigen la referida contratación, el adjudicatario deberá disponer en la obra a disposición del
Ayuntamiento, del Director de obra y del Coordinador de Seguridad y Salud, el libro de
subcontratación a que se refiere el artículo 8 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, de acuerdo
con el modelo y demás requisitos previstos en los artículos 13 a 16 y Anexo III del R.D.
1109/2007.
CUARTO.- Dese traslado del presente a los interesados.
5.- Visto el expediente seguido para la toma de conocimiento de subcontrato a celebrar

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por la adjudicataria de la obra de “Rehabilitación de edificios y anexo de urbanización del Area
de Rehabilitación integral de la Obra Sindical del Hogar, Grupos Ramiro Ledesma y Martín
Alvarez”, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de su composición legal, de conformidad
con los informes obrantes en el expediente, y con la propuesta formulada por el Sr. Concejal
Delegado de Obras, ACUERDA:
PRIMERO.- Tomar conocimiento del subcontrato a celebrar por la adjudicataria de la
referida obra, VÍAS Y CONSTRUCCIONES, con la Mercantil HERMANOS PAYAN ULAYAR,
con CIF B-37468519, domicilio social en C/Lagunas de Villafáfila, nave 5, Polígono Industrial El
Montalvo II (37008 – SALAMANCA).
SEGUNDO.- La citada subcontratación surtirá los efectos previstos en los citados
artículos 227 y 228 del RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, artículo 8 de la Ley 32/2006, de 18 de
octubre, Reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción, el R.D. 1109/2007,
de 24 de agosto, que desarrolla la Ley 32/2006 y demás normativa concordante.
TERCERO.- De conformidad con lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas
que rigen la referida contratación, el adjudicatario deberá disponer en la obra a disposición del
Ayuntamiento, del Director de obra y del Coordinador de Seguridad y Salud, el libro de
subcontratación a que se refiere el artículo 8 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, de acuerdo
con el modelo y demás requisitos previstos en los artículos 13 a 16 y Anexo III del R.D.
1109/2007.
CUARTO.- Dese traslado del presente a los interesados.
6.- Visto el expediente seguido para la toma de conocimiento de subcontrato a celebrar
por la adjudicataria de la obra de “Rehabilitación de edificios y anexo de urbanización del Area
de Rehabilitación integral de la Obra Sindical del Hogar, Grupos Ramiro Ledesma y Martín
Alvarez”, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de su composición legal, de conformidad
con los informes obrantes en el expediente, y con la propuesta formulada por el Sr. Concejal
Delegado de Obras, ACUERDA:
PRIMERO.- Tomar conocimiento del subcontrato a celebrar por la adjudicataria de la
referida obra, VÍAS Y CONSTRUCCIONES, con la Mercantil PAVIMENTOS Y AISLAMIENTOS
ALONSO S.L., con CIF B-37301728, domicilio social en C/Ricardo de la Cierva 14, Polígono
Industrial Los Villares (SALAMANCA).
SEGUNDO.- La citada subcontratación surtirá los efectos previstos en los citados
artículos 227 y 228 del RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, artículo 8 de la Ley 32/2006, de 18 de
octubre, Reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción, el R.D. 1109/2007,
de 24 de agosto, que desarrolla la Ley 32/2006 y demás normativa concordante.
TERCERO.- De conformidad con lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas
que rigen la referida contratación, el adjudicatario deberá disponer en la obra a disposición del
Ayuntamiento, del Director de obra y del Coordinador de Seguridad y Salud, el libro de
subcontratación a que se refiere el artículo 8 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, de acuerdo
con el modelo y demás requisitos previstos en los artículos 13 a 16 y Anexo III del R.D.
1109/2007.
CUARTO.- Dese traslado del presente a los interesados.
7.- Visto el expediente seguido para la toma de conocimiento de subcontrato a celebrar
por la adjudicataria de la obra de “Rehabilitación de edificios y anexo de urbanización del Area

7

de Rehabilitación integral de la Obra Sindical del Hogar, Grupos Ramiro Ledesma y Martín
Alvarez”, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de su composición legal, de conformidad
con los informes obrantes en el expediente, y con la propuesta formulada por el Sr. Concejal
Delegado de Obras, ACUERDA:
PRIMERO.- Tomar conocimiento del subcontrato a celebrar por la adjudicataria de la
referida obra, VÍAS Y CONSTRUCCIONES, con la Mercantil DAVID MARTÍN PEÑA, con NIF
11960510-G, domicilio social en Urbanización Villalobos nº 39 (49027 – ZAMORA).
SEGUNDO.- La citada subcontratación surtirá los efectos previstos en los citados
artículos 227 y 228 del RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, artículo 8 de la Ley 32/2006, de 18 de
octubre, Reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción, el R.D. 1109/2007,
de 24 de agosto, que desarrolla la Ley 32/2006 y demás normativa concordante.
TERCERO.- De conformidad con lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas
que rigen la referida contratación, el adjudicatario deberá disponer en la obra a disposición del
Ayuntamiento, del Director de obra y del Coordinador de Seguridad y Salud, el libro de
subcontratación a que se refiere el artículo 8 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, de acuerdo
con el modelo y demás requisitos previstos en los artículos 13 a 16 y Anexo III del R.D.
1109/2007.
CUARTO.- Dese traslado del presente a los interesados.

ASUNTOS DE URGENCIA
Por unanimidad y, por tanto, con la mayoría absoluta exigida en el art. 47.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, de conformidad con lo
dispuesto en los arts. 51 del Real Decreto Legislativo 781/1986, y 83 del vigente Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de
noviembre de 1986, se acuerda declarar la urgencia de los siguientes asuntos:
PUNTO SEXTO
RECTIFICACIÓN DE ERROR MATERIAL EN EL PLIEGO DE CLÁUSULAS
ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL “CONTRATO DE SERVICIOS CONSISTENTE EN
EL DESARROLLO DE LAS LABORES PROPIAS DE LA OFICINA MUNICIPAL DE TURISMO
Y OTRAS ACTIVIDADES DE GESTIÓN Y DE MANTENIMIENTO DE LOS RECURSOS
TURÍSTICOS DE LA CIUDAD DE ZAMORA”. ACUERDOS PROCEDENTES:
Habiéndose detectado un error material en el Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares del “Contrato de Servicios consistente en el desarrollo de las labores propias de la
Oficina Municipal de Turismo y otras actividades de gestión y de mantenimiento de los recursos
turísticos de la ciudad de Zamora”, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de su
composición legal, de conformidad con los informes obrantes en el expediente y al amparo de
lo dispuesto en el art. 105.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, ACUERDA:
PRIMERO y ÚNICO.- Subsanar los errores en el Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares (Anexo I), quedando como sigue:
Donde consta:
"SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA:

8

Para acreditar la solvencia económica y financiera, según lo establecido en el artículo
62 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, bastará alguno de los siguientes medios
establecidos en el artículo 75 del mismo cuerpo legal:
De acuerdo con el artículo 75.1 c), la solvencia económica y financiera del empresario
podrá acreditarse mediante declaración del volumen global de negocios y, en su caso, sobre
el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondientes al objeto del contrato,
referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de
creación o de inicio de actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las
referencias de dicho volumen de negocios.
El requisito mínimo de solvencia establecido para este contrato es disponer de una
cifra de negocios en los tres últimos ejercicios igual o superior al precio de licitación del
contrato."
Debe constar:
"SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA:
Para acreditar la solvencia económica y financiera, según lo establecido en el artículo
62 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, bastará alguno de los siguientes medios
establecidos en el artículo 75 del mismo cuerpo legal:
De acuerdo con el artículo 75.1 c), la solvencia económica y financiera del empresario
podrá acreditarse mediante declaración del volumen global de negocios y, en su caso, sobre
el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondientes al objeto del contrato,
referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de
creación o de inicio de actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las
referencias de dicho volumen de negocios.
El requisito mínimo de solvencia establecido para este contrato es disponer de una
cifra de negocios en los tres últimos ejercicios igual o superior al precio de licitación del
contrato.
En el caso de sociedades mercantiles, la declaración de entidad bancaria puede ser
sustituida por las cuentas societarias debidamente aprobadas y registradas."
Y Donde consta
"SOLVENCIA TÉCNICA:
2) PERFILES PROFESIONALES DE LAS PERSONAS QUE ATENDERÁN LA OFICINA DE
TURISMO Y LAS INSTALACIONES TURÍSTICAS MUNICIPALES.
. Conocimiento del municipio de Zamora, contexto socioeconómico, situación del sector
turístico en la zona, recursos patrimoniales, histórico-culturales y naturales de la zona. Se
entenderá cumplido este requisito con la aportación del título de guía turístico.
. Titulación suficiente para el desempeño del servicio. En este sentido se considera titulación
suficiente la de Diplomado en Turismo o Técnico en Empresas Turísticas.
. Conocimiento avanzado del idioma inglés, acreditado con titulación
Escuela de Idiomas)".

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oficial. (Licenciatura o

Debe constar:

"SOLVENCIA TÉCNICA:
2) PERFILES PROFESIONALES DE LAS PERSONAS QUE ATENDERÁN LA
OFICINA DE TURISMO.
. Titulación suficiente para el desempeño del servicio. En este sentido se considera titulación
suficiente la de Diplomado en Turismo o Técnico en Empresas Turísticas".
SEGUNDO.- Esta corrección de error material subsanable deberá incluirse en el
documento que la contiene y en todos los documentos subsiguientes que lo contengan,
debiendo publicar la presente rectificación, en el Boletín Oficial de la Provincia, haciendo
constar
que se computará a partir del nuevo anuncio, el plazo establecido para
la
presentación de proposiciones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75 del R.D.
1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de
Contratos de las Administraciones Públicas.
PUNTO SÉPTIMO
APROBACIÓN DEL PADRÓN DE AGUA CORRESPONDIENTE AL 5º BIMESTRE DE 2013.
ACUERDOS PROCEDENTES:
Conoce la Junta de Gobierno Local el expediente seguido para la aprobación del
Padrón de Agua correspondiente al quinto bimestre de 2013.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de su composición legal, a la vista de los
informes emitidos, ACUERDA:
PRIMERO.- Aprobar el Padrón de la Tasa de Agua, correspondiente al quinto bimestre
de 2013 (septiembre-octubre), por un importe total de SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL
DOSCIENTOS TREINTA Y DOS CON SETENTA Y SIETE EUROS (731.232,77 €).
SEGUNDO.- Exponer al público el mencionado Padrón en las oficinas municipales,
durante el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente del anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia.
La exposición al público de los padrones producirá los efectos de notificación de las
liquidaciones de cuotas que figuren consignadas para cada uno de los interesados, pudiéndose
interponer contra dicho actos recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo en el
plazo de un mes, a partir del día siguiente al de finalización de exposición pública.
TERCERO.- Seguir con el resto de la tramitación legal y reglamentaria.

Con lo cual, no habiendo más asuntos de que tratar, ni teniendo nada que exponer los
Sres. Concejales, siendo las diez horas y cuarenta minutos, la Presidencia da por terminada la
sesión, extendiéndose la presente acta, de lo que yo, el Secretario, certifico, con el visto bueno
de la Ilma. Sra. Alcaldesa.

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