20131126 Acta Junta de Gobierno Local Ayto. Zamora 26 11 13 aprobada.pdf


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E)

F)

G)

cubierta.
Los elementos estructurales tendrán como mínimo la resistencia al fuego que se
establece en la sección SI 6. Si bien se trata de una cubierta ligera, su estructura
principal únicamente podrá tener una resistencia al fuego R 30, si su fallo no puede
ocasionar daños graves a los edificios o establecimientos próximos, ni
comprometer la compartimentación de los sectores de incendio. En otro caso la
resistencia exigible es la de la tabla 3.1 de la sección SI 6. Si la resistencia R al
fuego se garantiza mediante un falso techo, este debe tener la misma resistencia El
que la exigida a los elementos estructurales de la cubierta.
Se instalará alumbrado de emergencia en todas las zonas y elementos que
exige el apartado 2.1 de la sección SUA 4 del Documento Básico del Código
Técnico de la Edificación DB SUA, seguridad de utilización y accesibilidad.
Los plazos máximos de ejecución de las obras serán los siguientes: seis
meses para el inicio, seis meses de interrupción y DIECIOCHO meses para
la finalización, contados desde el día siguiente al de la notificación de la
concesión de la Licencia Municipal de Obras.
Se le recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 36 de la
Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 6 de
noviembre de 2000, tiene la obligación de comunicar a este Ayuntamiento la
fecha de inicio de las obras, a los efectos del control de su ejecución,
debiendo disponer a pie de obra de copia autorizada de la licencia
urbanística.

SEGUNDO.- Dar traslado a la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, para su
conocimiento y efectos oportunos.
Dicha licencia se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de
terceros.
PUNTO CUARTO
SUBVENCIÓN NOMINATIVA A LA ASOCIACIÓN DE VECINOS “BELÉN” DEL BARRIO DE
CABAÑALES. ACUERDOS PROCEDENTES:
Conocido el expediente seguido para la concesión de subvención nominativa a la
Asociación de Vecinos “Belén” del Barrio de Cabañales, la Junta de Gobierno Local, por
unanimidad de su composición legal, y de conformidad con los informes obrantes en el
expediente, ACUERDA:
PRIMERO.- Aprobar el Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de Zamora y
la Asociación de Vecinos “Belén” del Barrio de Cabañales para el desarrollo de sus actividades.
SEGUNDO.- Aprobar la cuenta justificativa de la Asociación de Vecinos “Belén” del
Barrio de Cabañales.
TERCERO.- Autorizar, disponer, reconocer y liquidar a favor de la Asociación de
Vecinos “Belén” del Barrio de Cabañales el gasto por importe de 7.303 euros con cargo a la
partida 925.03-489.04.
PUNTO QUINTO
TOMA DE CONOCIMIENTO DE SUBCONTRATOS A CELEBRAR POR LA
ADJUDICATARIA DE LA OBRA DE “REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS Y ANEXO DE
URBANIZACIÓN DEL AREA DE REHABILITACIÓN INTEGRAL DE LA OBRA SINDICAL

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