Proyecto de Ley Modificación Ley de Planta. Recopilación Dina Olguín.pdf


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Complementariamente y como herramienta
de
gestión
institucional,
se
propone
facultar al Presidente de la República para
establecer asignaciones para el desempeño
efectivo y continuo de la función de
dirección
de
jardín
infantil
y
de
supervisión, fijando las condiciones para el
cumplimiento del objetivo por el que se
otorga.
Finalmente, en un segundo artículo
transitorio, se limitan los efectos del
ejercicio
de
las
facultades
anteriores
respecto del personal que se desempeña
actualmente en la institución, sin que pueda
constituir causal de término o cese de
funciones, disminución de remuneraciones ni
modificación de los derechos previsionales,
contemplando, en caso de desmedro económico,
una planilla suplementaria. Además, los
funcionarios
conservarán
el
número
de
bienios que estuvieren percibiendo; como
asimismo,
mantendrán
el
tiempo
de
permanencia
para
un
nuevo
bienio,
no
obstante experimenten cambios de grado. Por
último, se dispone que los nuevos requisitos
no serán exigibles para quienes estén hoy en
servicio, en la medida que se mantengan en
sus grados.
En consecuencia,
someter
a
vuestra
siguiente:

P R O Y E C T O

D E

tengo el honor
consideración

de
el

L E Y:

“Artículo Único.- Modifícase el artículo 2° de la ley N°
19.184, que fija la planta de personal de la Junta Nacional de
Jardines Infantiles, en el siguiente sentido:
1) Suprímense en la Planta de Directivos,
las denominaciones específicas que siguen a las expresiones
“Director de Departamento”, para cada grado asignado.
2) Elimínanse, en la planta de Técnicos, las
expresiones “Escalafón: Informática y Contadores”, y “Escalafón:
Técnicos en Educación Parvularia”.