MANUAL PARA EVALUAR PLANTELES (SNB).pdf

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d. Participar en los procesos de evaluación que determine la SEP;
e. Llevar a cabo la gestión escolar con base en el establecimiento de metas,
objetivos, priorización, transparencia y planes de mejora continua del SNB;
f. Adoptar el sistema de control escolar del SNB;
g. Facilitar el tránsito de alumnos de tal manera que sólo esté condicionado a la
disponibilidad de espacios en los planteles, y
h. Expedir la certificación complementaria a la conclusión de los estudios, de
conformidad con los lineamientos que determine el Comité Directivo del SNB.
Regla 2/Ingreso/2013 (Adopción del MCC)
En función de lo previsto en los Acuerdos números 444 y 656 por los que se
establecen las competencias que constituyen el MCC del SNB, los criterios para
acreditar la adopción del MCC son los siguientes:
1. Identificar en el plan y programas de estudio las competencias: genéricas,
disciplinares básicas, disciplinares extendidas y profesionales que garantizarán
el desarrollo del perfil del egresado y en general del MCC;
2. Enunciar y explicar los procesos académicos internos con los que el plantel
pretende asegurar el trabajo interdisciplinario para el logro de dichas
competencias genéricas y las competencias disciplinares básicas;
3. Identificar en los objetivos de cada asignatura su vinculación con el perfil de
egreso;
4. Señalar los métodos de evaluación de los estudiantes que apoyen su formación
conforme al perfil del egresado;
5. Describir los programas de orientación y tutoría para la atención de las
necesidades de los alumnos y explicar su funcionamiento, y
6. Precisar en el perfil de egreso las competencias que el alumno adquirirá al
concluir sus estudios.
Regla 3/Ingreso/2013 (Planta docente)
Para demostrar la existencia de una planta docente suficiente y con las competencias
que se determinan en el Acuerdo número 447, los planteles deberán:
1. Acreditar que cuentan con docentes que han concluido satisfactoriamente un
programa de formación docente reconocido por el Comité, conforme a los
porcentajes que se establecen en el apartado 3 de la Regla 8/Ingreso/2013, y
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