MANUAL PARA EVALUAR PLANTELES (SNB).pdf


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Criterio de idoneidad. Este criterio se halla fuertemente vinculado al de
pertinencia, pero adquiere importante significación cuando se relaciona con
las características y competencias adquiridas por la trayectoria y formación
continua de un docente, que lo habilitan convenientemente para desempeñarse
en determinadas UAC.



Criterio de pertinencia. Requiere determinar si las características
cualitativas o los atributos del asunto implicado en la evaluación lo hacen
adecuado, útil, congruente, procedente o relevante de acuerdo con su
propósito y función. La pertinencia de un programa de asignatura o “unidad
de aprendizaje curricular” (UAC), por ejemplo, depende de la idoneidad,
importancia y vigencia de sus propósitos y objetivos, así como de sus
contenidos disciplinares y sus estrategias didácticas. En el contexto del SNB
tiene especial relevancia la articulación de los elementos del programa de una
UAC con los conocimientos, las habilidades, las destrezas, las actitudes y los
valores que contribuyen a desarrollar las competencias del MCC que
establece la RIEMS, y las otras competencias que integran y caracterizan el
plan de estudios a que pertenece la UAC.



Criterio de suficiencia. Este criterio se refiere a los recursos –como personal
docente y técnico, laboratorios, acervos, computadoras, software e
instalaciones- que son indispensables para el buen desarrollo del proceso
educativo implicado. Se asume que estos recursos han de ser pertinentes o
idóneos y, además, deben existir efectivamente en cierta cantidad y tener
determinadas características de funcionamiento, disponibilidad y acceso para
ser aceptables.
Pueden emplearse otros criterios y otras denominaciones (relevancia,
trascendencia, validez) más o menos afines, más o menos precisos, pero lo
sustantivo es entender que el enfoque con que se harán las evaluaciones será
integral y atenderá a lo que es relevante en lo cualitativo y lo cuantitativo en
una adecuada proporción. En síntesis, lo fundamental al evaluar un p lantel
interesado en ingresar al SNB es constatar si hace lo que debe hacerse y
cuenta con lo que debe contarse; si lo que hace y lo que tiene es como debe
ser según lo consignado por las autoridades en los preceptos y principios que
dan origen a la RIEMS y, además, si ello le alcanza para ofrecer las mismas
oportunidades de buena educación a todos sus alumnos.



Dependencia o institución multiplantel. Para los efectos del proceso de
ingreso de planteles al SNB, es aquella instancia pública o particular que
establece los planes y programas de estudio, así como otras circunstancias de
operación, que deben acatar distintos planteles que imparten EMS. Una
institución educativa, una secretaría de educación o una dirección general de
la cual dependen dos o más planteles es una “dependencia o institución
multiplantel”, misma que es responsable de presentar al Copeems los planes y
programas de estudio que estableció, lo mismo que la lista de los planteles

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