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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 1 de octubre de 2013

Sec. III. Pág. 79444

establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título de
constitutivo de propiedad horizontal:
a) Fotocopia del documento de identificación de cada uno de los propietarios (DNI/NIE).
b) Acuerdo de la reunión donde se apruebe la ejecución de las actuaciones, se
nombre a un representante, a los efectos de la presentación, seguimiento de la solicitud
de ayudas y cumplimiento de las obligaciones que como beneficiarios les corresponda a
los mismos y se especifique la cuota correspondiente a cada uno de ellos de la ayuda
solicitada, firmado por todos los propietarios.
3.4 Con carácter específico, en caso de que los promotores de la actuación sean
personas jurídicas propietarias únicas de edificios de viviendas que reúnan los requisitos
establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo
de propiedad horizontal:
a) Fotocopia del documento de identificación fiscal de todas las personas jurídicas
propietarias promotoras (NIF).
b) Acuerdo de la reunión donde se apruebe la ejecución de las actuaciones, se
nombre a un representante, a los efectos de la presentación, seguimiento de la solicitud
de ayudas y cumplimiento de las obligaciones que como beneficiarios les corresponda a
los propietarios y se especifique la cuota correspondiente a cada uno de ellos de la ayuda
solicitada, firmado por los representantes legales de todos ellos.
3.5 Con carácter específico, en caso de que los promotores de la actuación sean
tanto personas físicas como jurídicas propietarias únicas de edificios de viviendas que
reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen
otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal, aportarán la documentación
prevista para cada uno de ellos en los apartados anteriores.
3.6 Con carácter específico, en caso de que los promotores de la actuación sean
personas jurídicas propietarias de edificios residenciales de uso hotelero:
a) Fotocopia del documento de identificación fiscal de la persona jurídica propietaria
del edificio (NIF).
b) Certificado actualizado de inscripción censal en Actividades Económicas expedido
por la Delegación Provincial de Hacienda, que acredite pertenecer al grupo 681
establecido en el anexo I del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre,
por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del impuesto sobre actividades
económicas.
3.7 Con carácter específico, en caso de que el promotor de la actuación sea una
empresa de servicios energéticos:
a) Fotocopia del NIF del empresario persona física o persona jurídica.
b) Fotocopia de documento acreditativo y vigente de encontrarse dado de alta en el
Impuesto de Actividades Económicas en la actividad económica relacionada con la
actuación elegible objeto de su solicitud así como fotocopia del justificante de pago del
último recibo correspondiente.
c) Declaración responsable con el compromiso de actuación como empresa de
servicios energéticos, indicando los contenidos contractuales que se pretende aplicar a
los usuarios así como la fórmula de facturación y precios aplicados a los mismos,
conforme al modelo que figura en el anexo III.
3.8 De manera adicional, para los promotores de actuaciones que soliciten ayuda
en la modalidad de préstamo reembolsable, a excepción de los particulares, entidades o
instituciones sin ánimo de lucro que no puedan emprender actividades económicas:
a) Cuentas Anuales de los 3 últimos ejercicios con el justificante de haber sido
depositadas en el Registro correspondiente, y declaración responsable del volumen de

cve: BOE-A-2013-10201

Núm. 235