medioambiente07 199 13.pdf


Vista previa del archivo PDF medioambiente07-199-13.pdf


Página 1...10 11 12131440

Vista previa de texto


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235

Martes 1 de octubre de 2013

Sec. III. Pág. 79442

2. El presente Programa finalizará el 30 de octubre de 2015 o, si se agotara el
presupuesto disponible habilitado por el IDAE con anterioridad a esta fecha, cuando se
produjera esta circunstancia.
Undécimo.

Presentación de solicitudes y documentación:

1. Las solicitudes para la participación en el presente Programa de ayudas para la
rehabilitación energética de edificios existentes del sector residencial (uso vivienda y
hotelero) se efectuarán conforme al formulario que estará disponible en la dirección de
internet del IDAE (www.idae.es).
2. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud directamente en la web de
IDAE, el sistema generará un código de usuario y contraseña que le habilitará para
acceder a su solicitud de ayuda a través de dicha página web y cargar, en un plazo
improrrogable de 15 días naturales, la documentación referida en el siguiente subapartado,
necesaria para la tramitación de la solicitud. El procedimiento para el envío telemático de
la documentación que debe acompañar la solicitud de la ayuda será publicado en la web
del IDAE. En todo caso, una vez cargada completamente la documentación requerida
correspondiente a la solicitud de la ayuda, ésta se considerará formulada y registrada,
con carácter definitivo, a todos los efectos, facilitándose comprobante de la fecha y hora
de recepción de la misma. Esta fecha se considerará como fecha de registro de la solicitud
y será tenida en cuenta para establecer el número de orden de prelación correspondiente
entre las distintas solicitudes recibidas. Este número de orden, también le será facilitado
al solicitante al completar el proceso de carga de la documentación.
3. La solicitud deberá venir acompañada de la siguiente documentación:
3.1

Con carácter general, para la solicitud de inscripción en la convocatoria:

– En el caso de no estar obligados a presentar las declaraciones o documentos a que
se refieren los artículos 18 y 19 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, con expresa mención del
fundamento legal de dicha exención, se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
– No se encuentran en ninguna de las situaciones previstas en el artículo 13 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, haciendo mención expresa
respecto a la inexistencia o fiel cumplimiento de sus obligaciones de reintegro de otras
subvenciones o ayudas, conforme a los términos establecidos en el artículo 21 del Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General
de Subvenciones.
– No han solicitado o recibido otras ayudas para la misma actuación o finalidad o, si
las han solicitado, se indique el importe de la ayuda solicitada y, si es el caso, obtenida,
así como la Administración, organismo o entidad pública concedente, haciendo, en su
caso, especial mención a las ayudas de mínimis recibidas durante los dos ejercicios
fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso, así como a que la empresa no
está en crisis, según lo establecido por las Directrices Comunitarias sobre ayudas

cve: BOE-A-2013-10201

a) Fotocopia del DNI/NIE de la persona o personas que firmen la solicitud y, si es el
caso, de la documentación acreditativa de la representación de la entidad o entidades en
nombre de la cual actúen, inscrita, en su caso, en los registros oficiales correspondientes.
b) Fotocopia del documento que acredite la propiedad del edificio por parte del
propietario promotor o propietarios promotores de la actuación y, en su caso, relación del
número total de viviendas que integran el edificio, salvo que el promotor de la actuación
sea una comunidad o agrupación de comunidades de propietarios constituidas conforme
a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal,
en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el siguiente subapartado 3.2.
c) Declaración responsable, conforme al modelo que figura en anexo II, donde
conste detallado que el promotor o promotores de la actuación: