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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 1 de octubre de 2013
Sec. III. Pág. 79443
estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (DO C 244, de 1 de
octubre de 2004).
d) Datos bancarios para transferencia, en su caso, del importe de la ayuda que
pudiera concederse.
e) Certificación catastral del inmueble en el que se van a llevar a cabo las actuaciones
que acredite, en su caso, que al menos un 70% de su superficie construida sobre rasante
tenga uso residencial de vivienda y su año de construcción sea anterior a 2013.
f) Informe justificativo en el que se indicarán las tipologías de actuación en la que se
encuadra la ayuda solicitada, descripción de las actuaciones elegibles, justificación del
coste elegible, cuantía máxima y cuantía y modalidad de la ayuda solicitada.
g) Certificación energética del edificio, con el contenido que establece el artículo 6
del Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios
del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, suscrita por técnico competente. Incluirá la
calificación energética del edificio en su estado actual y la calificación que obtendría de
llevarse a cabo las actuaciones propuestas por el solicitante, así como una estimación de
los plazos de recuperación de la inversión.
Si se dispusiera de él, se acompañará con el informe de inspección periódica de
eficiencia energética de la instalación térmica, conforme a lo establecido en el Real
Decreto 238/2013, de 5 de abril, por el que se modifican determinados artículos e
instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios,
aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.
h) Proyecto de las actuaciones a realizar o memoria técnica, en el caso de que no
se requiera proyecto, suscrita por técnico competente o instalador, en su caso.
i) Presupuesto de la empresa que realizará las actuaciones, desglosado y aceptado,
con fecha posterior a la entrada en vigor del Programa. En el caso de la tipología de
proyectos contemplada en el apartado tercero, subapartados 3 y 4, deberá aportarse
copia del contrato de mantenimiento de las instalaciones durante, al menos, cinco años,
y, en el caso de instalaciones de biomasa, de manera adicional a lo anterior, copia del
contrato de suministro del combustible con una vigencia de, al menos, cinco años.
Cuando la ayuda sea solicitada por una empresa de servicios energéticos deberán
aportarse los contratos entre la misma y los propietarios o comunidad de propietarios con
una duración de, al menos, cinco años. Estos contratos pueden estar condicionados a la
firma del correspondiente contrato de préstamo.
j) Fotocopia del permiso o licencia de obras o justificación de su solicitud, cuando
sea preceptivo.
k) Para el caso de las instalaciones del punto 3 del apartado tercero, opcionalmente,
se incluirá una memoria del proyecto de ejecución del sistema de generación de calor
(fabricación, instalación y puesta en marcha) en materia de desarrollo socioeconómico,
realizada por el instalador/es indicando su compromiso en cuanto a empleos nacionales,
expresados en horas hombre.
3.2 Con carácter específico, en caso de que el promotor de la actuación sea una
comunidad o agrupación de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo
dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal:
a) Fotocopia del documento de identificación fiscal de la comunidad o agrupación de
comunidades de propietarios (N.I.F.).
b) Certificado del acta de la comunidad o agrupación de comunidades de propietarios
donde se apruebe la ejecución de las actuaciones y se nombre al representante de la
misma. En caso de que este representante sea el Presidente o Administrador, también
deberá aportarse certificado del acta correspondiente donde hubieran sido nombrados.
c) Relación de personas comuneras, con indicación de sus correspondientes cuotas
de participación y el número total de viviendas que integran el edificio.
3.3 Con carácter específico, en caso de que los promotores de la actuación sean
personas físicas propietarias únicas de edificios de viviendas que reúnan los requisitos
cve: BOE-A-2013-10201
Núm. 235
