20130604 Acta Junta de Gobierno Local Ayto. Zamora 4 junio 2013.pdf


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6.- Al respecto de cualquier otra cuestión que se pueda plantear en cuanto al régimen
jurídico aplicable habrá que estar a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones (BOE de 18 de noviembre de 2003), al Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones del Excmo.
Ayuntamiento de Zamora (BOP de 09 de mayo de 2005) y al resto de la normativa
administrativa aplicable.
b) Cáritas Diocesana de Zamora.Visto el expediente seguido para la concesión de subvención nominativa a Cáritas
Diocesana de Zamora, con CIF nº R-04.900.057-C y domicilio en la Plaza de Viriato nº 1 de
Zamora, representada por Dª Mercedes Morán Cabañas, con NIF nº 11.705.039-Z, la Junta de
Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes que reviste mayoría absoluta de su
composición legal, y de conformidad con los informes obrantes en el expediente, ACUERDA:
PRIMERO.- Conceder SUBVENCIÓN NOMINATIVA a Caritas Diocesana de Zamora,
con C.I.F. nº R-04.900.057-C y domicilio en la plaza de Viriato nº 1, de Zamora, por importe de
24.000,00 euros, que tendrá como fin el mantenimiento del centro de acogida "Madre
Bonifacia", y que se destinará a gastos ordinarios referentes a servicios profesionales, compras
y gastos diversos (alimentación, fármacos, material didáctico, lavandería), suministros (agua,
luz, gas, teléfono, correo, limpiez, material de oficina) y otros (impuestos, seguros,
reparaciones, ayudas individuales...).
SEGUNDO.- Autorizar y disponer el gasto a favor de Caritas Diocesana de Zamora,
con C.I.F. nº R-04.900.057-C y domicilio en la plaza de Viriato nº 1, de Zamora, por importe de
24.000,00 euros con cargo al documento de retención de créditos para gastar número 703 de
fecha 08 de abril de 2013.
TERCERO.- El régimen jurídico aplicable a la concesión es el siguiente:
1.- Son obligaciones de la/del beneficiaria/o de la subvención:
• Cumplir las actividades fijadas en ¡a memoria presentada.
• Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento, control e inspección de
la aplicación de la subvención concedida.
• Comunicar a ta Concejalía de Bienestar Social, tan pronto como sean conocidas y, en
todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación de los fondos percibidos, las
alteraciones de las condiciones tenidas en cuenta para su otorgamiento, así como la
aceptación de otras subvenciones o ayudas públicas para la misma finalidad.
• Hacer constar expresamente la colaboración del Excmo. Ayuntamiento de Zamora en
toda publicación, anuncios, dípticos o cualquier otro material publicitario relativo a las
actividades subvencionadas.
• Reintegrar los fondos percibidos en caso de incumplimiento de las obligaciones
fijadas a lo largo de la presente resolución o de las demás normas aplicables.
• Presentar la documentación justificativa fijada en tiempo y forma.
2.- Todos los gastos deberán estar directamente relacionados con actividades
concretas del programa subvencionado y deberán realizarse dentro del plazo de ejecución
fijado.
El/la beneficiario/a podrá subcontratar el 100% de las actuaciones a desarrollar objeto
del presente convenio.
La aportación económica fijada será compatible con otras ayudas económicas
concedidas o que eventualmente pudieran conceder otras Administraciones o Entes Públicos

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