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CPN Desp. Aduana Diego Dumont – Posg. Especialista en Operaciones de Comercio Exterior – UNR // Docente de CaCESFe
La ANMAT (ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTACIÓN Y
TECNOLOGÍA MEDICA) interviene por ahora en mercaderías relacionadas con
Tecnología Médica. El plazo de pronunciación es de 4 días hábiles. Cuando interviene
ANMAT se solicita a nivel ítem:
Código: “NRO.CERTIFICADO” (dicho dato puede
comprender al: PM para el caso de productos nuevos; Número de Certificado por
Disposición ANMAT N° 806/07 para productos usados; Para partes deberá consignarse el
número de PM del producto registrado del cual forme parte dicho ítem; Para productos
Absorbentes Higiénicos Descartables, deberá indicarse “Res.N° 288/90”; Para productos
de Diagnóstico de Uso in Vitro, deberá indicarse “Número de Certificado ó de PM según
corresponda"; Para insumos para Biología Molecular, se deberá indicar “Disp.N° 3619/97”;
Para productos autorizados según Disposición ANMAT N° 2675/99, se deberá indicar
“Disp. 2675/99”); y Código: “NOMBRE.MODELO” (este Modelo deberá coincidir con el
registrado ante ANMAT). En caso de observaciones de este organismo el Manual señala
como vía de contacto la casilla: Gestiónelectrónica@anmat.gov.ar.
Según información del micrositio DJAI de Afip (no del Manual, adonde no está), la
Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el
Narcotráfico (SEDRONAR) interviene en la DJAI desde el 17/08/2012. Las pautas de éste
Organismo para el código de intervención/bloqueo "BI32", serán las siguientes: Se
pronunciará sobre la DJAI en un plazo no mayor a los cinco (5) días corridos. Intervendrá
sobre las DJAI que se registren en el SIM y declaren mercaderías que se encuentren
dentro del universo de competencia de la SEDRONAR. Se informa además, que en una
segunda etapa de implementación, se eliminará el actual documento papel como requisito
para su presentación en sede aduanera. Como información adicional, este organismo
cuando
interviente
solicita
que
se
declare
a
nivel
de
ítem,
el
"NRO.CERTI.RENPRE" (dicho dato corresponde al número de habilitación para operar,
extendida por el RENPRE). El Declarante (importador/despachante) que tuviere alguna
duda y/o problema respecto a la intervención que realiza la SEDRONAR en la DJAI,
puede
consultar
a
dicho
Organismo
a
través
del
correo
electrónico:
djaisedronar@pami.org.ar.
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