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Revista
de Actualidad Jurídica “LA TRIBUNA DEL ABOGADO”
DELITO DE REHUSAMIENTO DE ENTREGA DE BIENES A LA AUTORIDAD

necesario para conservar la cosa
ajena y en vigilarla para que no se
perdiese, fuese robada, hurtada o
usucapida por terceros y que la
administración conlleva la realización
de actos orientados al manejo de
bienes e intereses que le son
encomendados para tal gestión, el
acto de desobediencia en la entrega
de dichos bienes implica no sólo el
acto de desobedecer en sí, sino
también el de retener cosas que no le
son propias en abierta contradicción
al mandato que le exige lo contrario3.

funcionario desobedecido, no es
cualquier orden de tipo general. Sería
contrario a los más elementales
principios, que la desobediencia a
cualquier orden fuera constitutiva de
delito4.
Con respecto a situaciones similares
que regule el derecho administrativo,
dice Grispigni, citado por Muñoz
Conde5, que si una misma materia es
reglada por dos leyes o disposiciones
de ley, la ley o la disposición especial
deroga a la ley o disposición general.
Es claro que tratándose de una
contravención y de un delito, podría
ser discutible la aplicación de
principios generales, válidos para la
debida interpretación de específicos
complejos, hechos de la vida real en el
tipo de la ley, mas no hay que olvidar
que la desobediencia, por su menor
entidad y gravedad’ objetiva, se
acerca mucho a las disposiciones
contravencionales.

Pero ese acto debe ser de imperio,
encuadrado en las funciones y
facultades que le competen al que
ejerce la autoridad; debe haber sido
directo, es decir, que el sujeto activo
debe
estar
subordinado
jerárquicamente
a
él
y
ser
competente para tal disposición, por
lo que no se trata de cualquier
funcionario superior, sino que tiene
que
reunir
la
categoría
de
competencia para el caso, además, de
que su acto emanado tiene que estar
en comunión con las formalidades de
ley. La orden emanada del

La orden, por otra parte, debe ser
dada por el funcionario, lo que
SEBASTIAN MARTIN-RETORTILLO BAQUER,
"Derecho administrativo económico I", Editorial La
Ley, reimpresión de 1991, cap. IV, Buenos Aires,
págs. 232 y ss
5 MUÑOZ CONDE, Derecho Penal Parte Especial,
Editorial Tiran lo Blanch, Valencia 1999, Pág.389.
4

FERNÁNDEZ, Tomás Ramón: De la arbitrariedad
de la Administración. Editorial Trotta, Madrid 1994,
pág. 92
3

Instituto de Capacitación y Desarrollo – ICADE

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