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LUIS G. BENAVIDES ILIZALITURRI
a. Los fundamentos teóricos buscan el
equilibrio entre el desarrollo económico
y el desarrollo social cuya influencia es
mutua. Lo económico promueve y apoya
el crecimiento de lo social.12
b. Los fundamentos prácticos asumen que
el desarrollo económico es instrumento
de la justicia social13. De hecho, la justicia
social se asume como medio para
distribuir los bienes y servicios (materiales
y culturales) entre la población14.
c. La justicia social es el compromiso de
parte del Estado para compensar las
desigualdades económicas, sociales y
culturales que estructuralmente están
presentes o que surgen de políticas,
decisiones, actividades particulares del
mercado o de otros de los mecanismos
de la sociedad.
d. La justicia distributiva pretende que
los recursos, los bienes producidos y la
riqueza disponible se determinen según
las necesidades: quienes tienen mayores
necesidades de un bien deben poseer
asignaciones mayores. Existe también
un criterio referido al mérito: que quienes
más laboran puedan tener una mayor
proporción de bienes. Ambos criterios
se sustentan en la justicia como valor
primario.
Cf. Noriega, Alfonso, Los derechos sociales, creación
de la Revolución de 1910, México, UNAM, 1988, p 101
12
Cf. Lanz Duret, Miguel, Derecho constitucional
mexicano, 5a. ed., México, Nories editores, 1971, p 377.
13
Cf. Artículos Constitucionales 2, 3, 4, 5, 10, 27, 89, 123
entre otros.
14
14
Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación
Estos
fundamentos
de
ética
cívica
presentes desde los Sentimientos de la
Nación15 reconocen al pueblo como origen
esencial de soberanía –principio que se ha
preservado en el Art. 39 de nuestra Carta
Magna actual– han permitido definir cómo
las leyes se han de encaminar a la igualdad
sin privilegios ni exclusiones, pero a la vez a
la moderación de la opulencia y el alivio de
la indigencia16.
Con
sustento
en
estos
principios
fundamentales que buscan hacer de nuestro
país una verdadera morada de convivencia
humana17, juzgo que es posible acercarnos
al análisis de los planteamientos del título de
este documento: equidad en educación.
Ética cívica, educación y política pública
El camino para poner en práctica los
principios teóricos emanados de la
Constitución son las leyes reglamentarias
y las políticas públicas, particularmente
manifestadas en la asignación de recursos
financieros.
Con Pineda entiendo las políticas públicas
como “lo que deliberadamente las diver Párrafo 5: Que la Soberanía dimana inmediatamente del Pueblo, el que sólo quiere depositarla en
sus representantes dividiendo los Poderes de ella en
legislativo, ejecutivo y judicial, eligiendo las Provincias
sus vocales, y estos a los demás, que deben ser Sujetos
sabios y de probidad.
15
Que como la buena Ley es Superior a todo
hombre, las que dicte nuestro Congreso deben ser
tales que obliguen a la constancia y el patriotismo,
moderen la opulencia y la indigencia, y de tal suerte
se aumente el Jornal del pobre, que mejoren sus
costumbres, aleje la ignorancia, la rapiña y el hurto.
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Art. 3° Constitucional
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