Bases para la Gestión del Sistema Presupuestal Territorial 2010.pdf


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Departamento Nacional de Planeación

vigencia anterior, si las hubo
No hay un metodología estandarizada para realizar este cálculo, se sugiere construir dos escenarios:
a) una proyección suponiendo que las exenciones no se hubieran producido en la respectiva vigencia,
bajo un esquema de operaciones efectivas y un esquema presupuestal proyectado; b) escenario con
los ingresos dadas las exenciones aprobadas, observadas en operaciones efectivas y en el esquema
presupuestal. Finalmente, se deberá comparar los dos escenarios, se puede derivar el costo aproximado
de dichas exenciones, ventajas y desventajas.
Para el efecto, es importante considerar la relación de los actos administrativos que definen las exenciones
tributarias, definición del monto o alcance de la exención, plazo, beneficiarios, objeto del incentivo o
excepción, revisión de la medida y recomendaciones para solicitar su eliminación o continuidad dentro
de la política tributaria territorial.

5.2.2.6. Una relación de los pasivos exigibles y de los pasivos contingentes que pueden
afectar la situación financiera de la entidad territorial
De acuerdo con lo establecido en la Ley 448 de 1998, los pasivos contingentes son las obligaciones
pecuniarias sometidas a condición, es decir, aquellas en virtud de la cual la entidad territorial estipula
contractualmente a favor de un contratista, el pago de una suma de dinero, determinada o determinable
a partir de factores identificados por la ocurrencia de un hecho futuro incierto. Vale recordar que dicha
ley estableció la conformación del Fondo de Contingencias de las Entidades Estatales con el objetivo
de mejorar la disponibilidad de recursos financieros para cubrir el cumplimiento de las obligaciones
contingentes pactadas en los contratos de proyectos de participación privada en Colombia, en sectores
como infraestructura vial, energía, saneamiento básico y agua potable56.
Además de estos pasivos contingentes, es necesario cuantificar y analizar el impacto presupuestal de los
pasivos exigibles surgidos por ejemplo de sentencias y conciliaciones o pasivos pensionales.
De esta manera es posible que surjan pasivos contingentes y/o exigibles cuando:
• Deba pagarse la deuda u obligaciones de un tercero por haberse otorgado un aval o garantía, por
ejemplo, en el caso de proyectos con participación privada o concesiones. En este sentido pueden
surgir de contratos en general.
• Surjan sentencias o conciliaciones producto de la pérdida de un litigio o demanda, donde se
condena a pagar una suma de dinero a un tercero.
• Hay pasivos pensionales, entendidos como las obligaciones compuestas por los bonos pensionales,
el valor correspondiente a las reservas matemáticas de pensiones y las cuotas partes de bonos y
de pensiones.57
• Se hace efectivo el cubrimiento de una garantía otorgada en contratos de crédito, es decir,
originados en operaciones de deuda.
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Cada entidad deberá proyectar dichos pagos de acuerdo a las metodologías de valoración de riesgos contingentes y presentarlos a la Dirección
General de Crédito Público de acuerdo con los instructivos expedidos para tal efecto.
Acorde con el Parágrafo 1 del artículo 1 de la Ley 549 de 1999.