SENTENCIA PRIMERA INSTANCIA ACCION DE PROTECCION RIO AQUEPI.pdf


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noviembre de 2022, que en su parte pertinente nos orienta: “ 41. Ahora bien, en primer lugar, los jueces constitucionales cuentan
con facultades propias del seguimiento de la fase de ejecución. Así, pueden expedir autos en los que requieran información a los
sujetos procesales sobre el estado del cumplimiento de la sentencia con el afán de disponer diligencias encaminadas a la
ejecución. Igualmente, mediante providencias, pueden realizar insistencias sobre el cumplimiento o tienen la facultad de realizar
visitas in situ para asegurarse del estado de la situación y del cumplimiento del fallo. 42. Adicionalmente, los jueces ejecutores
pueden delegar el seguimiento de la ejecución de la sentencia o del acuerdo reparatorio a la Defensoría del Pueblo o a otra
instancia estatal local o nacional de protección de derechos. En estos casos, los funcionarios de la Defensoría del Pueblo o de la
entidad delegada pueden realizar visitas, reportes, insistencias y deben informar de manera periódica al juez ejecutor. 43. Por
otro lado, en atención a las particularidades de cada caso, los jueces de instancia pueden aplicar medidas correctivas y
coercitivas si existe renuencia injustificada en el cumplimiento de una sentencia constitucional o de un acuerdo reparatorio. De
esta forma, por ejemplo, pueden imponer una sanción económica conforme al artículo 132 número 1 del Código Orgánico de la
Función Judicial: (…) 44.- En línea con lo anterior, si el análisis del caso concreto lo amerita y a la luz de la proporcionalidad y
necesidad, pueden requerir la intervención de la Policía Nacional. Además, si la resistencia a la orden judicial encaja en una
infracción penal, deben remitir los antecedentes a la Fiscalía General para que se dé inicio al trámite correspondiente.” ERGO: AL
RESPECTO SE SEÑALA QUE EL PLAZO PRORROGADO FENECIÓ EL VIERNES 13 DE ENERO DE 2023, POR ENDE LA SENTENCIA
EMITIDA POR LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, DEBIÓ SER CUMPLIDA EN SU INTEGRALIDAD, BAJO PREVENCIONES
LEGALES. III.- TRASLADOS: Con los escritos e informes finales emitidos por la DEFENSORÍA DEL PUEBLO, GAD PROVINCIAL DE
SANTO DOMINGO, MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA ( MAATE) y ampliaciones de los mismos se
corre y traslado a los intervinientes ( por el volumen de los mismos, éstos quedan a disposición de los intervinientes para su
revisión dentro de la causa ). IV.- CONVOCATORIA A AUDIENCIA PÚBLICA.- En atención a las solicitudes planteadas, se considera
prudente y necesario CONVOCAR A AUDIENCIA PÙBLICA FINAL DE SEGUIMIENTO - A TODOS LOS INTERVIENIENTES - para el día
VIERNES 10 de FEBRERO de 2022, las 17h00 ( Unidad Judicial, Segundo Piso - sala 301 ) cuyo objeto será tratar punto por punto
lo relacionado al cumplimiento de la sentencia emitida por la Corte Constitucional del Ecuador; y, concomitantemente despejar
cualquier tipo de duda técnica y/o jurídica que se desprendan de los mismos.- Sin embargo de lo expuesto, se deja a salvo todos
los derechos de que se crean asistidos los afectados en la causa, acorde a lo establecido en el 163 de la Ley de Ley Orgánica de
Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. Notifíquese.

08/02/2023 15:45 AUTO GENERAL (RAZON DE NOTIFICACION)
En Santo Domingo, miércoles ocho de febrero del dos mil veinte y tres, a partir de las diecinueve horas y treinta y seis minutos,
mediante boletas judiciales notifiqué el AUTO que antecede a: CORAL OSEJO AMPARO CARMELA, CORAL RUEDA AIDA TERESA,
ENRIQUEZ ACOSTA CANDIDA PAULINA, HERRERA ZARI ISABEL MARIANITA, LAZ CASTILLO FANNY VANESA, MONTEROS
MENESES GUILLERMO EMILIO, MORALES RUIZ PATRICIA ELIZABETH, ORTEGA CORAL JOHN HENRY, PANTOJA BRAVO
SEGUNDO MAREDONIO, QUITO BETANCOURT BYRON FERNANDO, QUITO CASTILLO JOSE BENJAMIN, QUITO CASTILLO JOVINO,
QUITO CASTILLO NARCISA DE JESUS, REALPE HERRERA FANY JEACQUELINE, RODRIGUEZ ALDERETE HECTOR ROLANDO, RUIZ
CARMEN EMPERATRIZ, VEGA GRIJALVA LUIS en la casilla No. 204 y correo electrónico sgnaranjo@gmail.com, en el casillero
electrónico No. 1715715692 del Dr./ Ab. STALIN GIOVANNY NARANJO BUSTAMANTE; REALPE HERRERA FANY JEACQUELINE,
NARANJO OROZCO JENNY FRANCISCA, PAREDES RUIZ TANIA KARINA en la casilla No. 253 y correo electrónico
abogadosecuador@lopezygarcia.com, melopez@udlanet.com, en el casillero electrónico No. 1711711950 del Dr./ Ab. EBER
WILLIAM LÓPEZ ARÉVALO. AB. ALONSO SANTANA CADENA EN CALIDAD DE DELEGADO PROVINCIAL DE SANTO DOMINGO DE
LOS TSACHILAS DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO DE ECUADOR en el correo electrónico casillero.santodomingo@dpe.gob.ec;
AB. MARIA FERNANDA MANOPANTA PILICITA EN CALIDAD DE COORDINADORA GENERAL DE ASESORIA JURIDICA (S) Y
DELEGADA

DEL

MINISTERIO

DEL

AMBIENTE

AGUA

Y

TRANSICION

ECOLOGICA

en

el

correo

electrónico

maria.manopanta@ambiente.gob.ec, dario.cueva@ambiente.gob.ec, jorge.viteri@ambiente.gob.ec; GOBIERNO AUTONOMO
DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE SANTO DOMINGO DE LOS TSACHILAS en la casilla No. 196 y correo electrónico
procuraduria@gptsachila.gob.ec,

cristiansilvamora@hotmail.com,

procuraduria@gptsachilas.gob.ec,

ab.polivio@gmail.com,

n.dota@hotmail.com, en el casillero electrónico No. 12223010001 del Dr./Ab. CONSEJO PROVINCIAL DE SANTO DOMINGO DE
LOS TSACHILAS- PATROCINIO DE CAUSAS. - SANTO DOMINGO SANTO DOMINGO DE LOS TSACHILAS; en la casilla No. 196 y

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